Tribunal anula resultados de elección en Huejutla

El órgano jurisdiccional local revocó el acta de cómputo municipal y las constancias de mayoría entregadas al candidato a presidente municipal propietario, Daniel Andrade Zurutuza, así como a su suplente José Pilar López Espinoza

TEEH se ajustaría a determinación de Congreso Local ante posible reducción de magistrados. (Jorge Sánchez)
Pachuca /

Por incumplir el principio de separación iglesia-estado el Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) anuló los resultados de la elección del pasado 18 de octubre en el municipio de Huejutla de Reyes e invalidó las constancias de mayoría del candidato a presidente municipal, Daniel Andrade Zurutuza, así como a su suplente José Pilar López Espinoza, ambos abanderados del Partido Encuentro Social Hidalgo (PESH).

Al resolver el Juicio de Inconformidad (JIN) bajo expediente JIN-28-PRI-37-2020, interpuesto por el Partido Revolucionario Institucional (PRI) y sus acumulados de Morena y la candidatura común entre Acción Nacional (PAN) y de la Revolución Democrática (PRD), así como el Procedimiento Especial Sancionador (PES) con folio TEEH-PES-065/2020, donde el magistrado Manuel Alberto Cruz Martínez declaró fundados los agravios en contra de ambos aspirantes, así como del partido político local.

En primera instancia se resolvió el TEEH-PES-065/2020, donde se ratificó la existencia de la violación de los artículos 24 y 130 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el 385 fracción octava del Código Electoral Local, el cual versa sobre el principio de separación iglesia-estado, por la colocación de una lona de propaganda electoral en las inmediaciones de una capilla situada en la comunidad de Coacuilco.

Derivado de esta irregularidad el órgano jurisdiccional impuso una multa de 50 Unidades de Medida y Actualización (UMA), equivalente a 4 mil 344 pesos, al PESH, por culpa in vigilando de esta violación a la norma; así como de 150 UMA, 13 mil 32 pesos, a Daniel Andrade Zurutuza y José Pilar López Espinoza por incurrir en estos actos. Derivado de esta sanción y el resolver el JIN-28-PRI-37-2020 y sus acumulados, se declaró la nulidad de los resultados de la elección, donde los partidos PAN y PRD exhibieron más conductas que reflejaron la violación al principio de separación iglesia-estado.

Lo que anterior ya que tanto el albiazul como el sol azteca acusaron de que durante un evento del 4 de octubre el otrora candidato suplente, José Pilar López Espinoza, emitió un mensaje religioso y posteriormente un llamado al voto a favor de la planilla del PESH. 

De igual forma en ese mismo evento una mujer que se acreditó como delegada de la colonia Juárez, solicitó el apoyo de parte de los candidatos para edificar una capilla en esta demarcación, ambos mediante videos; finalmente en otro video aportado el candidato Daniel Andrade Zurutuza emite sus propuestas teniendo de fondo una iglesia, por lo cual se consideró que la violación de la separación iglesia-estado fue una constante a lo largo de su campaña.

Dichos agravios, coincidieron los magistrados de manera unánime, no se pueden pasar por alto debido a su gravedad ya que se incurre en violaciones a lineamientos constitucionales, por lo cual se sentenció la nulidad de la elección, la invalidez de las constancias de mayoría entregadas a Daniel Andrade Zurutuza y José Pilar López Espinoza; igualmente se vinculó al Instituto Electoral del Estado de Hidalgo (IEEH) para cumplir este mandato. 

  • Teodoro Santos

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