La Suprema Corte tumbó la llamada jurisprudencia Medina Mora contra la que la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) luchó durante todo el sexenio de Andrés Manuel López Obrador, y que utilizaron grupos delictivos, cárteles, capos de la droga, factureras, torturadores, personajes ya sentenciados en Estados Unidos, ex gobernadores prófugos y hasta iglesias, para recuperar dinero fichado como presuntamente ilícito.
Por un lado, éste es el avance más significativo para la labor de la UIF en materia de prevención y combate al lavado de dinero, lo que ayudará a que frenen la pérdida de recursos pues a través de reveses judiciales tuvieron que liberar más de 37 mil millones de pesos; aunque en el lado opuesto, han surgido dudas sobre si cualquier persona podrá ser bloqueada del sistema financiero de manera exprés, si esto implicaría actos arbitrarios, persecuciones políticas o incluso actos de corrupción.
Aquí te explicamos qué es la jurisprudencia Medina Mora, qué afectaciones ha tenido para la UIF, cómo la utilizaron miles de personas señaladas por manejo de recursos de procedencia ilícita para beneficiarse y recuperar tan sólo en el último sexenio más de 37 mil millones de pesos, y cómo ahora, el nuevo Poder Judicial le dio al gobierno federal la resolución definitiva a una insistencia de las dos administraciones morenistas.
La nueva integración de ministras y ministros electos en la pasada elección judicial le dio a la Unidad de Inteligencia Financiera, el resultado que pelearon, primero Santiago Nieto y después Pablo Gómez, en todas las instancias: derrumbar los obstáculos para bloquear a personas del sistema financiero por presuntos vínculos con lavado de dinero, desprenderse de la subordinación de autoridades extranjeras y ejercer a plenitud investigaciones nacionales, y dejar de perder el dinero asegurado con amparos exprés.
En el sexenio pasado, MILENIO detalló cómo la conocida jurisprudencia Medina Mora favoreció a miles de implicados en investigaciones por estos ilícitos, a quienes la UIF incluyó en la Lista de Personas Bloqueadas (LPB) y que, con este precedente, los jueces ordenaban devolverles su dinero, permitiéndoles retirarlo del sistema financiero e incluso trasladarlo a paraísos fiscales mientras seguían bajo investigación.
En diciembre de 2024, este medio reveló que, en el sexenio de López Obrador, la UIF perdió 37.4 mil millones de pesos que tuvo, pues tuvo que liberarlos por orden de jueces, lo que representaba el 84.8 por ciento de todo lo que habían congelado durante ese gobierno, frustrando las investigaciones contra presunto dinero ilícito.
Pero... ¿qué es la jurisprudencia Medina Mora?
En 2018, a propuesta del entonces ministro Eduardo Medina Mora y antes de su polémica renuncia, se impuso que la Unidad de Inteligencia Financiera solamente podía congelar cuentas bancarias si existía una “solicitud expresa” de una autoridad extranjera que estuviera investigando presuntos ilícitos de la persona implicada.
La Unidad de Inteligencia Financiera, entonces encabezada por Santiago Nieto, alegó que este criterio vulneraba la soberanía de México y sometía sus investigaciones para proteger el sistema financiero mexicano de dinero ilícito, a las acciones de otros países.
Con esto, implicaba que las labores de prevención, investigación o sanción por lavado de dinero no podían ser autónomas y nacionales, sino que forzosamente se debía demostrar un vínculo internacional.
La UIF comenzó desde 2019 a solicitar a la SCJN que se revisara este criterio e incluso impulsó cambios legales sin que esto se resolviera a su favor.
Por el contrario, en noviembre de 2024, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación avaló una nueva figura de desbloqueo provisional, con el que, una persona incluida en la lista de bloqueos interpusiera un amparo y sin que éste se resolviera de manera definitiva, se le pudieran conceder medidas de desbloqueo provisional, lo que les permitiría retirar el dinero investigado sin importar si después se comprobara su culpabilidad.
La UIF en ese momento, acusó a la SCJN no sólo de no resolver la petición de echar atrás la jurisprudencia Medina Mora que tenían en el cajón, sino de empeorar la labor de la UIF abriendo la puerta al flujo de dinero presuntamente ilícito.
Miles de beneficiados y fuga de dinero
Miles de personas involucradas en la Lista de Personas Boqueadas de la UIF le deben a la jurisprudencia Medina Mora haber recuperado su dinero sin que tuvieran que demostrar que realmente era lícito. Algunos personajes incluso, siguen prófugos de la justicia financiando su vida en otros países con ese dinero que se ordenó a la UIF devolverles.
Con esta jurisprudencia, bastaba que los implicados alegaran que no existía una solicitud expresa de una autoridad extranjera para que les congelaran sus cuentas en México, incluso, sin importar que en otros países sí estuvieran bajo investigación o declarados prófugos o incluso hasta formalmente sentenciados.
Algunos de los beneficiados por esta jurisprudencia fueron Kamel Nacif, acusado de tortura en contra de la periodista Lydia Cacho que pudo recuperar de manera exprés cuentas bancarias con 800 millones de pesos en 2022; la Luz del Mundo que a pesar de que su líder Naasón Joaquín se declaró culpable de abuso sexual en Estados Unidos, pudo recuperar nueve cuentas de la Iglesia del Dios Vivo Columna Apoyo de la Verdad con este recurso.
Políticos como el ex gobernador de Tamaulipas, Francisco Javier García Cabeza de Vaca, quien se encuentra en Estados Unidos pese a tener órdenes de aprehensión en México y que cuando en 2024 el PAN intentó regalarle fuero con un lugar en la lista de plurinominales, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación lo impidió confirmando que es considerado un prófugo de la justicia, pero se vio beneficiado junto a su esposa Mariana Gómez Leal con este criterio de la anterior Corte.
Al igual que el ex secretario de Seguridad Pública en el sexenio de Felipe Calderón, Genaro García Luna, actualmente preso en Estados Unidos por vínculos con el Cártel de Sinaloa, quien recuperó sus cuentas que aunque apenas tenían 20 mil pesos, las de sus familiares y socios también fueron liberadas.
Así como familiares del líder de ese cártel Joaquín El Chapo Guzmán, como su nieta Sofía Guzmán, quien alegó que ningún autoridad extranjero pidió directamente bloquear sus cuentas y le fueron devueltas.
Y más recientemente, a principios del año pasado, la actriz Inés Gómez Mont y su esposo Víctor Manuel Álvarez Puga también usaron este criterio para recuperar sus cuentas bancarias a pesar de que están prófugos desde 2021, lo que les ha permitido tener dinero para seguir evadiendo la justicia mexicana desde otro país.
UIF perdió 37 mil mdp en sexenio de AMLO por jurisprudencia Medina Mora
El impacto de la jurisprudencia Medina Mora llevó al gobierno de Andrés Manuel López Obrador a apenas poder tener éxito en el 15 por ciento del dinero presuntamente ilícito que congelaron en todo el sexenio. Los golpes más espectaculares de toda la existencia de la UIF terminaron con reveses judiciales de la misma dimensión.
En diciembre de 2024, MILENIO reveló que el último informe que la UIF presentó ante el gabinete de seguridad federal, exhibía que de enero de 2019 a noviembre de 2024, la UIF perdió 37 mil 434 millones 185 mil 734 pesos de los 44 mil 148 millones 301 mil 899 pesos que congeló, es decir, el 84.8 por ciento tuvo que devolverlo.
En total, mil 244 personas se beneficiaron con la ventana de escape que heredó Medina Mora en el sexenio obradorista, porque la UIF no pudo entregar a los jueces una petición oficial expresa de otro país para retener ese dinero.
En 2019 la UIF tuvo que liberar 15.6 mil millones de pesos de los 16.2 mil millones de pesos que había congelado, el 96.3 por ciento; en 2020 repitió el revés con el 98.17 por ciento descongelado, 15.3 mil millones de pesos de los de 15.6 mil millones iniciales; en 2021 fue el 85.79 por ciento, 1.6 mil millones de pesos liberados de los 1.9 mil millones que había presumido congelar.
En 2022 bajó el impacto de congelamientos y disminuyeron los reveses, llegando al 64.47 por ciento liberado, equivalente a 305.2 millones de pesos de los apenas 480 millones asegurados. Pero en 2023 volvió a despuntar, teniendo que liberar 4.2 mil millones de pesos de los 5.7 mil millones de pesos iniciales, es decir, el 72.61 por ciento.
En 2024, Pablo Gómez dijo a MILENIO que la estrategia cambiaría y se enfocarían en asegurar el dinero que realmente se tenían pruebas de que era ilícito y aquellas cuentas bancarias con alertamientos reincidentes, para evitar las pérdidas de la UIF en tribunales, por lo que incluso, reforzarían las audiencias con los implicados para que probaran su licitud, lo que les ayudó a sólo tener que liberar 6.22 por ciento, apenas 252 millones de pesos de los cuatro mil millones de pesos congelados en todo el año.
El documento que meses después hizo público la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, exhibía que la jurisprudencia Medina Mora benefició en 2019 a 221 personas investigadas por presunto lavado de dinero, a 372 en 2020, a 245 en 2021, a 31 en 2022, a 248 en 2023 y a 127 en 2024.
Después de la información revelada por este medio y tras la extinción del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), la UIF ya no publica el desglose de las actividades, personas bloqueadas, dinero congelado, juicios y acatamientos, cuentas liberadas y cuánto dinero implicaban, ni el intercambio de información con otros países.
Ahora, la UIF se limita a publicar cifras globales en cinco páginas, sin detallar los montos que esto implica.
Con el fin de la jurisprudencia Medina Mora, la SCJN fue más allá y permitió no sólo que se puedan congelar cuentas sin intervención de una autoridad extranjera, sino que, además, la UIF pueda hacerlo por meros indicios de que el dinero de alguna persona en el sistema financiero es ilícito.
Pero... ¿la UIF puede bloquear tus cuentas de manera automática?
La Unidad de Inteligencia Financiera no podrá bloquear cuentas bancarias de manera inmediata si cualquier persona recibe un depósito o hace una transferencia inusual.
Este proceso depende de un patrón que pruebe que de un momento a otro, una persona física o moral comenzó a manejar grandes cantidades de dinero de manera recurrente, a hacer compras que no coinciden con sus ingresos o a tener interacciones financieras con otros países.
La UIF recibe todos los días miles de reportes de actividades inusuales o relevantes en el sistema financiero, pero éstas no implican una solicitud automática a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores para su bloqueo, sino que llevan una investigación para probar que se trata de un patrón irregular que podría llevar a lavado de dinero.
El titular de la UIF, Omar Reyes Colmenares, explicó como se puede detectar en una persona asalariada una actividad inusual que sí implique el rastreo de un posible ilícito y una investigación formal en la Fiscalía General de la República.
“Por ejemplo, si una persona que siempre en su cuenta bancaria recibe su nómina, tienen un estándar en ese banco de que reciben ese dinero y lo transfieren a familiares, pago de servicios y tarjeta de crédito, está identificado su perfil transaccional, pero si de repente empieza a recibir dinero de otro país, 15 mil dólares de estados unidos y luego de otros países y desde el interior recibe más de 200 o 300 movimientos en un periodo y cruzamos esa información.
“Si identificamos que una persona compra un reloj de más de 10 mil dólares o un vehículo en efectivo, esa suma de alertas es lo que nos hace solicitar la inmovilización de esas cuentas porque presuntamente están siendo utilizadas para recibir recursos de procedencia ilícita y es cuando damos vista al Ministerio Público que es el encargado de investigar”, detalló.
Por lo que, si una persona tiene una transacción de dinero inusual por algún hecho atípico, por ejemplo, cooperación familiar para un asunto médico o un viaje vacacional, esto debe probarse sin que implique un vínculo con un ilícito.
Las actividades vulnerables en las que son más recurrentes estos reportes que generan alertas son los relacionados con juegos de apuestas, concursos o sorteos; los movimientos en tarjetas de crédito; cheques, préstamos o créditos; compra de inmuebles, metales y piedras preciosas, joyas y relojes, obras de arte; vehículos aéreos, marítimos o terrestres; servicios de blindaje, solicitud de traslado o custodia de dinero, entre otros.
¿Qué se puede hacer para recuperar cuentas bancarias sin el amparo exprés?
Quienes sean incorporados a la Lista de Personas Bloqueadas tienen derecho de audiencia ante la propia UIF en donde deberán probar la licitud de esas transacciones para que puedan volver a tener acceso al sistema financiero.
El proceso es el siguiente:
- El o los bancos en los que la Comisión Nacional Bancaria y de Valores detectó que esa persona tiene cuentas activas, notifican el bloqueo de éstas.
- La persona titular de la cuenta, física o moral, tiene cinco días hábiles para presentarse ante la UIF a solicitar audiencia y conocer detalladamente los movimientos irregulares de los que se le acusan.
- La UIF le dará 10 días hábiles para presentar las pruebas necesarias que acrediten cada transacción.
- La UIF resolverá si es procedente pedir el desbloqueo de esta persona o si se mantiene bajo investigación y se da vista al Ministerio Público.
- La persona inconforme podrá recurrir al amparo, aunque éste, ya no tiene la opción de ofrecer una medida preventiva de liberación provisional, sino que deberá esperar a que se resuelva de manera definitiva antes de volver a tener acceso a su dinero.
Con esta decisión de la Suprema Corte, la UIF espera frenar la liberación de recursos que podrían estar relacionados con varios delitos y evitar que sean transferidos dentro o fuera del país, sin probar previamente su licitud.
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