¿Qué actividades sí pueden realizarse durante el semáforo verde en la entidad mexiquense?

Con estas medidas los horarios y aforos de ciertas actividades pueden extenderse con todas las medidas sanitarias correspondientes.

El próximo lunes 7 de junio, el Estado de México pasará a verde.
Toluca /

El próximo lunes 7 de junio, el Estado de México pasará a verde en el Semáforo de Riesgo Epidemiológico y con ello se amplían algunos aforos de distintos giros comerciales; pese a ello las actividades de bares, cantinas y centros nocturnos quedarán suspendidas hasta que la autoridad lo determine.

En el acuerdo publicado en el periódico oficial Gaceta de Gobierno se señala que permanecerán suspendidas la actividades de bares, cantinas, salones de baile, discotecas y video bares, centros nocturnos, centros botaneros y cerveceros o cualquier establecimiento para venta de bebidas alcohólicas para su consumo inmediato o al copeo.

También refiere que los eventos masivos de cualquier tipo (políticos, religiosos, sociales), eventos o espectáculos públicos, verbenas, palenques, ferias, desfiles, fiestas populares y cualquier otro análogo en los que se impida el cumplimiento de las medidas preventivas quedarán suspendidos.

Las actividades permitidas podrán operar hasta las 21:00 horas, de lunes a domingo, limitando en todos los casos su aforo a 70 por ciento de su capacidad, entre ellas se encuentran comercios al por menor y al por mayor, tales como papelerías, tiendas de ropa, jugueterías, mueblerías, refaccionarias, tiendas de artículos electrónicos.

Aunado a ellos están las actividades relacionadas con servicios personales como peluquerías, tintorerías, talleres, locales de reparación de electrodomésticos, mantenimiento en general y servicios religiosos.

Los centros, plazas comerciales y tiendas departamentales podrán operar con un aforo de 70 por ciento, en su horario habitual de operación; los locales o espacios destinados a actividades culturales, auditorios, foros, exposiciones, bibliotecas, museos, cines y teatros, podrán tener un aforo de 70 por ciento y la última función podrá iniciar a las 00:00 horas.

Los espacios públicos como parques, zoológicos, áreas naturales, gimnasios, balnearios, albercas públicas, baños públicos, vapores, spas, actividades acuáticas y campos deportivos, así como las actividades físicas y recreativas al aire libre, deberán observar un aforo máximo de 70 por ciento.

Los eventos deportivos en estadios podrán tener un aforo de 40 por ciento, sin venta de alcohol, mientras que los restaurantes y establecimientos de venta de alimentos preparados y bebidas podrán operar con un aforo de 70 por ciento de su capacidad en espacios abiertos y cerrados, podrá hacerse uso de las zonas destinadas para el consumo de tabaco, de conformidad con las normas sanitarias aplicables en la materia.

Las salas de sorteos de números, centros de apuestas remotas (casinos), deberán cumplir con un aforo de 60 por ciento y podrán cerrar sus puertas hasta las 23:00 horas. Los boliches y billares tendrán un aforo del 40 por ciento y podrán permanecer abiertos hasta las 22:00 horas.


KVS

  • Monserrat Mata
  • monserrat.mata@milenio.com
  • Reportera en MILENIO Estado de México desde 2016, egresada de la Facultad de Humanidades de la UAEMex. Escribo sobre Salud, Desarrollo Agropecuario y Medio Ambiente.

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