Después de un año y medio de que se presentó la iniciativa para prohibir las emisiones de ruido derivadas de la detonación de artificios pirotécnicos en zonas habitacionales e infraccionar a quienes almacenen o comercialicen estos productos sin los permisos correspondientes, este martes se llevó a cabo una mesa de trabajo en la Comisión de Seguridad Pública.
La iniciativa fue presentada el 5 de diciembre de 2024 por la diputada Luz Itzel Mendo González, con el objetivo de regular la pirotecnia en Guanajuato.
En la propuesta se reconoce que los fuegos artificiales forman parte de las tradiciones folclóricas de la cultura nacional; sin embargo, también se advierte que se han registrado accidentes relacionados con su uso, los cuales ponen en riesgo la integridad y la vida de quienes los manipulan, así como de las personas que se encuentran a su alrededor.
No obstante, fue hasta este martes cuando se registraron avances con la realización de una mesa de trabajo en la que participaron representantes de la Secretaría de Seguridad y Paz, la Consejería Jurídica, el Tribunal de Justicia Administrativa del Estado y personas asesoras parlamentarias.
Entre las reformas planteadas se contempla prohibir las emisiones de ruido derivadas de la detonación de artificios pirotécnicos en zonas habitacionales, conforme a las disposiciones que emita la Secretaría de Salud.
También se propone sancionar a quienes realicen actos de almacenamiento o venta de pólvora, explosivos, artificios pirotécnicos y sustancias químicas relacionadas con explosivos sin el permiso correspondiente expedido por la Secretaría de la Defensa Nacional.
En términos generales, durante la mesa de trabajo se señaló que la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos establece como atribución exclusiva de la Secretaría de la Defensa Nacional el control y la vigilancia de objetos y materiales que contengan pólvora. Asimismo, deja a salvo la competencia concurrente de las autoridades locales y municipales para coadyuvar en materia de seguridad y en la ubicación de los establecimientos dedicados a su venta.
Asimismo, se indicó que el Reglamento para la Protección del Ambiente contra la Contaminación Originada por la Emisión de Ruido establece que la Secretaría de Salubridad y Asistencia, en coordinación, en su caso, con las demás dependencias del Ejecutivo Federal y dentro de sus respectivos ámbitos de competencia, realizará los estudios e investigaciones necesarios para determinar, entre otros aspectos, los efectos molestos y peligrosos que la contaminación ambiental generada por la emisión de ruido puede provocar en las personas.
Por su parte, la Norma Oficial Mexicana NOM-081-ECOL-1994 establece los límites máximos permisibles de emisión de ruido provenientes de fuentes fijas, así como el método para su medición.
En los trabajos de la mesa participaron los diputados José Erandi Bermúdez Méndez y Rolando Fortino Alcántar Rojas, acompañados por representantes de la Secretaría de Seguridad y Paz, la Consejería Jurídica, el Tribunal de Justicia Administrativa del Estado y personas asesoras parlamentarias.