Migración bajo la supervisión de CNDH por retención en Reynosa

El instituto ordenó indebidamente una revisión en el domicilio privado de dos de las víctimas

(J.Carballo / Milenio)
Cristina Gómez
Tampico /

Por la retención indebida de ocho personas en la Estación Migratoria de Reynosa, la Comisión Nacional de Derechos Humanos dirigió una recomendación al INM.

De acuerdo con su información, el Instituto Nacional de Migración (INM) ordenó indebidamente una revisión en el domicilio privado de dos de las víctimas y se mantuvo a ocho personas retenidas de forma injustificada y en condiciones de hacinamiento.

Luego de comprobar las violaciones a los derechos humanos a la seguridad jurídica, a la legalidad, a la libertad, al trato digno y a la inviolabilidad de domicilio, se señaló que siete agentes incurrieron en esta irregularidad, por lo que se dirigió la recomendación 185/2023 al comisionado del INM.

La CNDH recibió el 9 de julio de 2022, la queja de dos mujeres de nacionalidad salvadoreña, quienes manifestaron que, en junio de ese año, elementos de la Secretaría de la Defensa Nacional y del INM irrumpieron en el domicilio particular donde se encontraban, y fueron trasladadas a la Estación Migratoria de Reynosa.

En la misma fecha se recibieron las quejas de otras seis personas que coincidieron en señalar que, en su representación, fueron tramitados sus respectivos juicios de amparo ante los Juzgados Séptimo y Octavo de Distrito, y en cuya resolución se ordenaba su egreso inmediato, no obstante, el personal del INM omitió dar cumplimiento a esas medidas, por lo que permanecieron retenidas entre ocho y diez días.

Con los informes recabados, la CNDH evidenció que elementos del INM, en coordinación con elementos de la Sedena, quienes únicamente brindaron seguridad perimetral, participaron en un operativo que culminó con el aseguramiento de 27 personas, pero la autoridad del INM, quien ordenó el operativo, carecía de facultades para ello.

Además, se comprobó que no existía ninguna justificación para la intromisión en el domicilio particular, dado que no se estaba cometiendo un delito en ese lugar, ni se había perseguido a ningún presunto infractor hasta el interior de la vivienda. Así también, se comprobó que las personas servidoras públicas señaladas vulneraron el derecho a la inviolabilidad del domicilio de dos de las víctimas, quienes estaban solas en una casa particular cuando las detuvieron y luego trasladaron a un vehículo oficial del INM, en el que estaban otras personas extranjeras detenidas.

SJHN

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