El 2024 trae con él dos reformas a la Ley Federal del Trabajo, mismas que ya fueron aprobadas, se trata de la licencia de paternidad y la Ley Silla.
Estas prestaciones serían parte de las que ya existen en la Ley y por ello aquí te decimos de qué tratan, además de las que ya conocemos dentro de tus derechos como trabajador.
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Cambios en la licencia de paternidad
Con esta modificación se brinda a los hombres un permiso de paternidad de 20 días laborales con goce de sueldo, que anterior a este cambio se daban solo 5 días contados a partir del nacimiento de sus hijos o en caso de la adopción de un infante.
Además, se establece que en caso de complicaciones posteriores al parto que perjudiquen a la madre o al recién nacido, el permiso podrá ser de hasta 30 días, previa presentación del certificado médico correspondiente.
¿Qué falta para que entre en vigor la nueva licencia de paternidad?
Luego de su aprobación en la Cámara de Diputados, la reforma será enviada al Senado para que sea analizada, y en caso de que los senadores la avalen pasará al Ejecutivo para su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
Sin embargo, cabe señalar que las sesiones ordinarias en el Congreso concluyeron este viernes 22 de diciembre, por lo que el permiso de paternidad de 20 días tendrá que esperar hasta que se reanude el periodo de sesiones ordinarias, que es hasta el 1 de febrero de 2024.
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¿En qué consiste la Ley Silla y qué se necesita para que entre en vigor
Fue aprobada por unanimidad en Comisiones Unidas de Trabajo y Estudios Legislativos del Senado de la República. Una iniciativa que deberá pasar por la Cámara de Diputados y que resulta en extremo necesaria para la seguridad y salud en el trabajo.
La Ley Silla trata de no permitir que las personas trabajadoras permanezcan de pie la durante toda la jornada laboral, obligando a los centros de trabajo a proveer sillas con respaldo y a repensar los periodos de descanso en ese sentido.
Prestaciones laborales según la LFT
- Vacaciones
- Prima Vacacional
- Aguinaldo
- Seguridad Social
- Pago de utilidades
- Días de descanso
Otras prestaciones:
Licencia de Maternidad: Las mujeres tienen derecho de no acudir a trabajar 6 semanas antes y 6 semanas después de su embarazo, con goce de sueldo.
Periodo de Lactancia: Las mujeres pueden tomar dos descansos de media hora al día para alimentar a su bebé en caso de que la empresa tenga espacio para hacerlo. De lo contrario, la jornada laboral se reduce una hora. Esta prestación de la Ley Federal del Trabajo es aplicable durante 6 meses después del parto.
Prima de antigüedad: Después de 15 años de antigüedad el trabajador tendrá derecho a 12 días de salario por cada año cumplido.