Este año la Navidad se celebra el lunes 25 de diciembre y es considerado por la Ley Federal del Trabajo (LFT) como un día feriado. Por lo que no se labora; sin embargo, si en tu empresa las actividades no paran y te tocó presentarte, debes recibir un pago mayor del que percibes de manera cotidiana.
Aquí te decimos cuánto dinero te deben pagar si laboras este día, según lo que marca la ley.
EL DATO¿Qué es un día festivo?
Los días feriados o festivos tienen por objeto que los trabajadores celebren, con entera libertad, las festividades cívicas o religiosas que se conmemoran en esas fechas.
Los días feriados o festivos son considerados como días no laborables, lo que los convierte en días de descanso obligatorio, según lo que establece la Ley Federal del Trabajo (LFT).
Días de descanso según la LFT
Estos son los días de descanso obligatorio establecidos en el artículo 74 de la Ley Federal de Trabajo:
- 1o. de enero
- El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero
- El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo
- 1o. de mayo
- 16 de septiembre
- El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre;
- El 1o. de diciembre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal
- 25 de diciembre
Durante jornada de elecciones, el que determinen las leyes federales y locales electorales.
De acuerdo con el artículo 75 de la LFT, si debido a las actividades de la empresa, los trabajadores prestan sus servicios, tendrán derecho a que se les pague el salario que les corresponda por su día de descanso.
"Los trabajadores y los patrones determinarán el número de trabajadores que deban prestar sus servicios. Si no se llega a un convenio, resolverá la Junta de Conciliación Permanente o en su defecto la de Conciliación y Arbitraje", refirió.
¿Cuánto me pagan si trabajo dia festivo?
Si acordaste con tu patrón laborar el 25 de diciembre tienes el derecho de que se te pague lo siguiente conforme al artículo 75 de la Ley Federal del Trabajo.
- El salario diario.
- Un salario doble por trabajar en un día de descanso obligatorio.
Por ejemplo, si eres trabajador que gana 300 pesos diarios, por trabajar el 25 de diciembre recibirá 300 + 300 x 2 (multiplicado por dos) = 900 pesos.
Si lo anterior no se cumple, puedes comunicarte a Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) para recibir orientación gratuita.
MRA