El aguinaldo es un derecho y pese a la situación por las que atreviese tu patrón, éste debe realizar el pago de esta prestación conforme a lo establecido en la Ley Federal del Trabajo, de acuerdo con la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajador (Profedet).
Por tal razón, antes del 20 de diciembre la empresa para la que trabajas debe pagarte tu aguinaldo, fecha límite que estipula el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo.
En este sentido, tu patrón no puede argumentar dificultades económicas de la empresa o falta de utilidades para no entregarte esta prestación, hacer alguna reducción o, en todo caso, realizar algún pago en especie como vales de despensa.
Si no te lo entregan antes de esta fecha, debes acudir a la Profedet o, en su caso, ante la Procuraduría local de la defensa del Trabajo para presentar un reclamo o denuncia; tendrás un año a partir del 21 de diciembre para reclamar el pago de tu aguinaldo.
En Ciudad de México, la Profedet cuenta con oficinas en Dr. José María Vértiz 211, colonia Doctores, alcaldía Cuauhtémoc. En la República mexicana brinda sus servicios gratuitos en cualquiera de sus 47 representaciones o en los números telefónicos 800 911 7877; 800 717 2942 y 5559 98 2000, extensiones 44740 y 44741, además del correo electrónico orientacionprofedet@stps.gob.mx
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