¿Qué pasa si tengo 3 faltas en el trabajo sin justificar? Esto dice la ley

"¡Qué me despidan, pero que me paguen lo que me corresponde!", resulta ser una frase incluso para bromear en las oficinas, pero no siempre aplica.

Despidos. (Foto:Shutterstock)
Ciudad de México /

Un trabajo requiere del compromiso tanto del empleado para realizar sus labores en tiempo y forma, como del patrón para otorgar las herramientas y condiciones necesarias para lograrlo. Cuando esto se rompe, surgen consecuencias irreparables como un despido, que aplica incluso cuando faltas o no te presentas a tu empresa sin justificación alguna.

Aquí te decimos, cuántas faltas se necesitan para que tu jefe te dé las gracias y sin estar obligado a pagarte una indemnización.

"¡Qué me despidan, pero que me paguen lo que me corresponde!", resulta una frase conocida, que se aplica incluso para bromear en las oficinas.

Sin embargo, el pago de todas las prestaciones marcadas en el artículo 47 de la Ley Federal del Trabrajo ante un despido justificado, que incluye faltar a tu trabajo, no aplica. 

¿Qué dice la Ley Federal del Trabajo sobre las faltas?


El artículo 46 refiere lo siguiente: "El trabajador o el patrón podrá rescindir en cualquier tiempo la relación de trabajo, por causa justificada, sin incurrir en responsabilidad".

Es decir, que si cometes ciertas acciones que causen el despido, lo único que recibirás es un finiquito de acuerdo a las prestaciones que maneje la empresa y al tiempo que lleves trabajando en ésta:

  • Días trabajados no pagados en el mes
  • Aguinaldo
  • Vacaciones
  • Fondo de ahorro 
  • Vales de despensa  
  • Bonos acumulados
  • Prima de antigüedad siempre que tengas más de 15 años laborando.

Para que te despidan sin darte una indemnización, son las siguientes:

  • Ausencia: Faltar más de 3 veces en un periodo de 30 días sin justificar ni con el consentimiento de tu superior, podría ocasionar tu baja definitiva
  • Cometer actos inmorales. Cualquier situación de acoso, abuso de poder, o actos de vandalismo son considerados para procesar el despido justificado.
  • Presentarse al trabajo en estado de embriaguez o bajo sustancia de narcóticos o drogas irritantes.
  • Entregar certificados o referencias falsas: si das una falsa referencia o algún documento falso, es la baja inmediata.
  • Ocasionar algún disturbio dentro del trabajo: ser partícipe de una pelea de mayor grado o realizar algún acto que altere la disciplina del lugar.
  • Poner en riesgo la seguridad del establecimiento o de las personas que se encuentran en el mismo.
  • Desobedecer a los superiores en acciones que tengan que ver con el trabajo.
  • Revelar secretos de la compañía o asuntos de carácter reservado.
  • No cumplir con el protocolo de seguridad o desafiar las normas preventivas para accidentes o enfermedades.
  • Cometer algún acto de violencia contra un compañero o familiares de los mismos (aún estando fuera de la jornada laboral).
  • Mentir en tu Currúculum Vitae (CV); es decir, mencionar que tienes certificaciones o habilidades y cuando sea la ejecución demostrar lo contrario.
  • Estar en un proceso penal y, por consecuencia, no cumplir al 100 con las actividades laborales.
  • Dañar el equipo de trabajo de manera directa y grave.
  • Ocasionar perjuicios siempre que sean graves, sin dolo, pero con negligencia.

MRA

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