La disolución del vínculo matrimonial por acuerdo de ambos cónyuges, se realiza a través del Oficial del Registro Civil del lugar de su domicilio o de donde fue celebrado el matrimonio, siempre y cuando no tengan hijos menores de edad o mayores sujetos a tutela y hubieren liquidado la sociedad conyugal.
¿Cómo se realiza el trámite?
Los cónyuges deberán presentarse a la Oficialía del Registro Civil del lugar de su domicilio o de donde fue celebrado el matrimonio, con los requisitos solicitados por ésta, ahí se recibirá y revisará documentación, si está completa y correcta, registrarán en el Libro de Gobierno la solicitud y entregarán al usuario el Acta correspondiente.
¿Cuáles son los requisitos para llevar a cabo un divorcio administrativo?
Para realizar la disolución del matrimonio se deberá llevar la siguiente documentación
- Solicitud de divorcio, que contendrá firma y huella de quienes comparecen.
- Que los cónyuges sean mayores de edad.
- Comparecencia personal voluntaria de ambos cónyuges.
- No tener hijos/as menores de edad o mayores sujetos a tutela.
- Copia certificada del acta de matrimonio.
- Identificaciones oficiales vigentes de los cónyuges.
- Certificado de no gravidez expedido por laboratorio clínico, siempre y cuando la cónyuge sea menor de 55 años de edad, con vigencia no mayor a quince días naturales contados a partir de la fecha de su expedición.
- De tener los cónyuges hijos/as mayores de edad no sujetos/as a tutela, copia certificada de las actas de nacimiento.
- Resolución judicial o instrumento notarial de la liquidación de la sociedad conyugal; si se casaron bajo este régimen y adquirieron bienes, en caso contrario, la declaración por escrito de no haber adquirido bien alguno ni deudas.
¿Qué costo tiene el trámite de divorcio administrativo?
El costo del trámite de divorcio administrativo de acuerdo con el artículo 104 y 142 del Código Financiero es de 3 mil 775 pesos, desglosado en los siguientes procesos:
- Dictamen $1,522.00
- Asentamiento $322.00
- Tramitación $1,818.00
- Anotación marginal $113.00
¿Cuáles son las limitantes para un divorcio administrativo?
Que alguno de los cónyuges no esté de acuerdo, tener hijos menores de edad o mayores sujetos a tutela, la comparecencia no voluntaria de alguno de los cónyuges, que la cónyuge se encuentre en estado de gravidez, no presentar documentos tales como acta de matrimonio, identificaciones oficiales, no haber liquidado la sociedad conyugal, si la hubiere. En estos supuestos, no se cumpliría con los requisitos para disolver el vínculo matrimonial administrativamente, establecidos en el artículo 85 del Reglamento Interior del Registro Civil del Estado de México.
BAFG