En Guanajuato más de 700 mil personas exceden jornadas de 48 h semanales

Comunidad

Guanajuato está entre los primeros diez lugares de las entidades en las que quienes trabajan en el sector formal perciben un menor ingreso.

En Guanajuato más de 700 mil personas exceden jornadas de 48 h semanales.
Wendoline Adame
Guanajuato /

Las jornadas de trabajo extensivas se han vuelto cada vez más comunes, de acuerdo a última actualización del INEGI al primer trimestre de 2020, pues en Guanajuato un total de 728 mil 727 personas exceden las jornadas laborales recomendadas de 48 horas semanales.

Y es que la Ley Federal del Trabajo establece que una 'jornada de trabajo' es el tiempo durante el cual la persona trabajadora se encuentra a disposición del patrón para prestar sus servicios y que esta no puede ir más allá de las 8 horas diarias estipuladas y que en caso de ser así, el trabajador debe ser retribuido con pago de horas extra.

Un dato que llama la atención dado que, de acuerdo a un estudio del Observatorio Ciudadano de León, Guanajuato se posiciona como el sexto estado de todo México en pobreza por ingreso, es decir que los salarios no le alcanzan a 3. 03 millones de Guanajuatenses para cubrir sus necesidades más básicas como de alimentación ni cobertura de servicio.

Guanajuato está ubicado en los primeros diez lugares entre las entidades en las que quienes trabajan en el sector formal perciben un menor ingreso, esto con un sueldo mensual de 9 mil 609 pesos mensuales, de acuerdo al INEGI, es decir que las personas ganan un promedio semanal de 2 mil 400 pesos, situación que ha provocado que, en las familias, sean ambos padres quienes deben trabajar para cubrir los gastos del hogar. Así mismo, en la entidad un total de 778 mil 588 personas laboran entre 35 y 48 horas semanales, mientras que 234 mil 211 laboran entre 15 y 34 horas semanales, todos ellos dentro del sector formal.

Ante la Ley Federal del Trabajo, existen tres tipos de jornadas contempladas, la diurna que comprende un horario entras las seis de la mañana y las 20:00 horas, donde la jornada será de ocho horas.

Jornada nocturna, donde el horario puede ser de las 20:00 horas a las 06:00 horas de la mañana del día siguiente con una jornada de siete horas, y finalmente la mixta que comprende las jornadas diurnas y nocturnas. Por la noche debe ser menor a las tres horas y media, si excede el tiempo se considerará nocturna. La jornada es de siete horas y media

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