La bancada parlamentaria de Acción Nacional propuso castigar la difusión de las llamadas “fake news” como daño moral e incluirla en el Código Civil para tratar de detener estas prácticas que se vuelven cada vez más frecuentes y además de distorsionar la verdad, causan lesionan los derechos de las personas.
La iniciativa de ley que fue presentada por el diputado Javier González Zepeda, ya se encuentra en la comisión de Procuración y Administración de Justicia en espera de análisis para que sea dictaminada el próximo año, si la propuesta logra el visto bueno de las demás fracciones parlamentarias.
El legislador planteó que las redes sociales y tecnológicas cumplen una función informativa esencial; sin embargo, se han identificado problemas como la generación de mala información o desinformación, con lo cual las ventajas que ofrecen las redes sociales se ven opacadas con noticias falsas, coloquialmente conocidas como “fake news”.
Esta información, señaló, se difunde intencionalmente con fines de lucro y busca causar un daño u otro objetivo particular, que se ve favorecida con las herramientas tecnológicas hoy disponibles que permiten una rápida difusión de declaraciones que tienen por objeto desinformar a la población, desacreditando a las personas y causándoles un daño moral.
“Aunque existe un gran debate respeto de las sanciones o legislación que debe existir respeto a la sanción de la difusión de noticias falsas, se debe decir que ya actualmente el artículo sexto de la Constitución Federal, prevé como únicas limitaciones posibles a la libertad de expresión los ataques a la moral, la vida privada o los derechos de terceros, que se provoque algún delito, o se perturbe el orden público”.
Por eso esta iniciativa encuentra su constitucionalidad en la justificación de que no se restringir la libertad de expresión pero si se salvaguarden los derechos de libertad de expresión como de acceso a la información veraz.
Abundó que la Suprema Corte de Justicia de la Nación aclaró que las medidas para limitar las manifestaciones que excedan la libertad de expresión en internet, dependen de su naturaleza. Cuando éstas estén tipificadas como un delito es justificable establecer una restricción genérica al sitio web como el bloqueo, pero si las manifestaciones no están tipificadas las restricciones sólo deben referirse al contenido concreto y no a todo el sitio, porque esto infringiría el derecho a la información.
Refirió que de acuerdo con la Jurisprudencia 38/2013 la Suprema Corte estableció precisamente que uno de los límites a la libertad de expresión ocurre cuando se acredite la “real malicia” o “malicia efectiva”, Conforme a esto, existe la posibilidad de sancionar cuando exista información falsa o que se emitan opiniones, ideas o juicios con la intención de dañar, por lo que pidió castigar esta mala práctica.
“El objetivo de esta propuesta es considerar que sea sancionado por la vía civil a quienes difundan noticias falsas o información distorsionada por cualquier medio digital o electrónico, que impidan a la ciudanía la garantía de sus derechos de acceso a la información y a los medios de comunicación el ejercicio de sus derecho de libertad de expresión” concluyó.
MMCF