Magistrado propone devolver candidatura de Santiago Nieto al Senado de inmediato

La Sala Regional cayó en una interpretación sesgada, no pierde residencia por ir a laborar a otra entidad y acta de nacimiento acredita que es originario, advirtió Felipe Fuentes.

Santiago Nieto señala que se va satisfecho con trabajo en la PGJEH.
Jannet López Ponce
Ciudad de México /

El magistrado Felipe Fuentes propuso al Tribunal Electoral ordenar que se devuelva de inmediato, el registro de Santiago Nieto como candidato por Morena para buscar una senaduría por Querétaro, al acreditar que sí es originario y no perdió su residencia por trabajar en otras entidades.

El ex titular de la Unidad de Inteligencia Financiera y ex encargado de la procuraduría de Hidalgo solicitó que sus datos quedaran protegidos en el expediente, y nunca se mencionara su nombre ni el lugar por el que busca la senaduría ni las entidades en las que ha laborado anteriormente, a pesar de que todos esos datos son públicos.

De manera excepcional, el magistrado Felipe Fuentes hizo público el proyecto que sometió a la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación y que se votará este miércoles, en el que propone darle la razón a Santiago Nieto luego de que se le negara la candidatura al senado por considerar que no acreditó su residencia.

La Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral determinó que Nieto Castillo no cuenta con residencia efectiva de más de seis meses ni se acreditó que se haya ausentado por haber desempeñado un cargo de elección popular como indica la excepción legal.

Sin embargo, el magistrado considera en su proyecto, que la sala “llevó a cabo una interpretación restrictiva y sesgada que no es acorde con el modelo constitucional de protección de derechos humanos, ni con la finalidad constitucional que persigue el requisito de elegibilidad”.

Primero, porque se alegó que no era originario de San Juan del Río, dato que Nieto también pidió que quedara oculto en su expediente, pues la oposición alegó que aunque tiene acta de nacimiento de ese lugar, no nació ahí.

El magistrado recordó que “el registro de nacimiento en determinado municipio o entidad federativa implica el reconocimiento de la identidad de la persona registrada con esa comunidad, aunque no hubiere nacido en ella”.

Además, la Sala consideró los requisitos como si Santiago Nieto se estuviera aspirando a ser gobernador de Querétaro, cuando “la postulación al Senado no constituye las mismas limitaciones que una candidatura a la gubernatura”.

Detalla que aunque la ley implica que “la vecindad no se pierde por ausencia en el desempeño de cargos de elección popular” y los cargos que Nieto Castillo ocupó en la Ciudad de México y otras entidades no eran de elección popular, es decir, no fue votado en las urnas, la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro establece que no se perderá la residencia si la persona se traslada a residir a otro lugar a efecto de desempeñar, entre otras, una comisión de carácter oficial o actividades laborales.

Por lo que concluye que “se debe revocar la sentencia para efecto de que se le otorgue de inmediato el registro a dato protegido (Santiago Nieto) como candidato a senador de la República por el principio de mayoría relativa en dato protegido (el estado de Querétaro) postulado por el partido político de Morena”.

EHR

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