La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) advirtió que la extinción de 13 fideicomisos afectará los derechos laborales de las y los trabajadores del Poder Judicial de la Federación (PJF).
La Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados aprobó ayer una iniciativa de ley que plantea la extinción de 13 de los 14 fideicomisos con los que cuenta el Poder Judicial; sin embargo, para que ésta entre en vigor deberá de ser ratificada por el Senado.
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Al respecto, en un comunicado de prensa la Corte dijo que al menos 6 fideicomisos están relacionados con obligaciones patronales, cuyo cumplimiento constituyen derechos de las y los trabajadores, tanto laborales como de seguridad social: pensión, vivienda, cobertura de salud y retiro.
Estos derechos adquiridos están reconocidos ante la Constitución y la Ley Federal de Trabajadores al Servicio del Estado, en los siguientes instrumentos legales:
FideicomisosInstrumentos legales
—Condiciones Generales de Trabajo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del personal de confianza de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.—Condiciones Generales de Trabajo del Consejo de la Judicatura Federal
—Condiciones Generales de Trabajo para Magistrados de Circuito y Jueces de Distrito.
—Acuerdo General Conjunto del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal y de la Comisión de Administración del Tribunal Electoral del PJF que regula el Plan de Apoyos Médicos Complementarios y de Apoyo Económico Extraordinario para los Servidores Públicos.
—Acuerdo general del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reforma y adiciona el acuerdo general conjunto del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal y de la Comisión de Administración del Tribunal Electoral del PJF que regula el plan de apoyos médicos complementarios y de apoyo económico extraordinario para los servidores públicos del PJF, con excepción de los de la Suprema Corte de Justicia de la Nación
—Acuerdo General del Pleno que reglamenta la Carrera Judicial
Por su parte, la ley contempla que estos instrumentos normativos no constituyen prestaciones adicionales, sino derechos adquiridos de las personas trabajadoras en el PJF que ya cumplen con los requisitos establecidos en las reglas de operación de cada fideicomiso.
Por ello, los recursos que integran estos fideicomisos son los que se requieren para el cumplimiento de estos derechos adquiridos, tanto en el presente como a futuro. Y son los encargados de definir el porcentaje de participación y de gasto corriente.
El comunicado contempla que el personal operativo del Poder Judicial de la Federación, que representa más del 60% de la plantilla, es el principal beneficiario de las prestaciones laborales, por lo que la extinción de los fideicomisos si limitará la operatividad del PJF y el derecho al acceso a la justicia.
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Existen fideicomisos que atienden necesidades específicas de operación, como es el caso del fideicomiso para el Desarrollo de infraestructura que implementa las Reformas Constitucionales en Materia de Justicia Federal.
“Los recursos de ese fideicomiso se utilizan para financiar, la implementación de obligaciones derivadas de reformas constitucionales y legales como la reforma laboral, así como de la suscripción de tratados internacionales, como el T-MEC”.
Así, la extinción de este fondo afecta directamente a la implementación de las reformas y a los trabajadores del país.
“Los fondos del fideicomiso 80687, se destinan a proyectos de infraestructura, los cuales tienen que ver con los espacios donde se imparte la justicia y que están al servicio de las personas trabajadoras del PJF y los usuarios del sistema judicial; es decir, de toda la sociedad”.
Los fideicomisos no son para los ministros
La SCJN recalcó que los fideicomisos no son para el pago de prestaciones de ministras y ministros.
“Ninguno de los 14 fideicomisos cuenta con recursos que se destinen a pagar alguna prestación para las ministras y los ministros de La Corte.”
“El fideicomiso relacionado con casas habitación de las personas magistradas y juezas, cubren gastos vinculados con prestaciones inherentes a sus funciones, como es el apoyo para contar con un lugar para residir cuando cambian de adscripción en cumplimiento de las necesidades de la judicatura.”
El comunicado concluyó puntualizando que la administración de los fideicomisos si es transparente y cuenta con mecanismos de rendición de cuentas, por lo que la iniciativa aprobada, por la Cámara de Diputados, no significa una mejora en este rubro.
Por su parte, la información sobre los fideicomisos con los que cuenta el PJF es pública, transparente y consultable por cualquier persona que quiera conocerla y se actualiza de manera trimestral en los portales de transparencia y en el Diario Oficial de la Federación.
Si quieres obtener más información al respecto puedes consultar las siguientes ligas que proporciona la SCJN:
www.cjf.gob.mx/transparencia/paginas/administrativa/fideicomisos.htm
www.scjn.gob.mx/transparencia/fideicomisos.htm
RM