Tras el arranque del tercer periodo de sesiones del Congreso Local, la diputada del PT, Nora Merino Escamilla urgió aprobar en este mes la Ley 3 de 3, para evitar que deudores alimentarios, violentadores familiares y en política de género participen en el proceso electoral del 2024.
- Te recomendamos ¿Conseguiste tu boleto? Luis Miguel logra sold out en Puebla Espectáculos
Recordó que desde el pasado 15 de marzo, al Congreso Local ingresó la iniciativa de la Ley 3 de 3, mientras que la federal fue aprobada en abril de este año por el Senado de la República.
Es por ello que llamó a sus homólogos que en lugar de seguir presentando más iniciativas, mejor se desahoguen las que se tienen sobre la mesa en comisiones como la Ley Sabina y Ley 3 de 3.
De esta última, señaló que en coordinación con la morenista Daniela Mier, han realizado mesas de trabajo donde se ha involucrado a las colectivas que impulsan el tema, por lo que la Ley 3 de 3 “está lista” para ser aprobada, primero en su dictamen y después ante el Pleno del Congreso Local.
Cabe señalar, que la Ley 3 de 3 en lo local tendría las siguientes especificaciones:
- Artículo 36 en la Fracción III: gozar de buena reputación y no haber sido condenado por violencia política de género, ser deudor alimentario o violentador familiar.
- Artículo 74 en la Fracción VI: gozar de buena reputación y no haber sido condenado por violencia política de género, ser deudor alimentario o violentador familiar.
- Artículo 89 Fracción IV: que goce de buena reputación y no haber sido condenado por delito que amerite pena corporal de más de un año de prisión, pero si se trata de robo, fraude, abuso de confianza, violencia política de género, violencia familiar y deudor alimentario, se inhabilitara para el cargo cualquiera que haya sido la pena.
Avanza Ley 3 de 3; se aprueba en Comisión de Gobernación
La Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, aprobaron la Ley 3 de 3, y con ello, se estipula que no podrán ser candidatas a una elección popular, ni ser nombradas para empleo, cargo o comisión en el servicio público, las personas que tengan sentencia firme por la comisión intencional de delitos contra la vida y la integridad corporal.
Así contra la libertad y seguridad sexuales; por violencia familiar, violencia familiar equiparada o doméstica, violación a la intimidad sexual; por violencia política contra las mujeres en razón de género; y por ser declarada como persona deudora alimentaria morosa.
Fue en sesión de la Comisión de Gobernación, que los diputados por mayoría aprobaron las modificaciones.
La presidenta de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, Mónica Silva Ruiz celebró que Puebla sea de los primeros estados en aprobar las reformas, para que sean aplicables a toda la República Mexicana y quede claro que no se puede ejercer violencia contra las mujeres.
Del mismo modo, se avaló el dictamen mediante el cual se reforman los artículos 55 y 91 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de edad mínima para ocupar un cargo público.
La reforma al artículo 55 precisan que, para ser diputado se requiere tener 18 años cumplidos el día de la elección; mientras que la modificación al artículo 91 indica que, para ser secretario de Estado se requiere ser ciudadano mexicano por nacimiento, estar en ejercicio de sus derechos y tener 25 años cumplidos.
AAC