Con amonestación pública sancionó el Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) a la precandidata a la gubernatura, Carolina Viggiano Austria, así como al Partido Acción Nacional (PAN), esto al resolver el Procedimiento Especial Sancionador (PES) bajo expediente TEEH-PES-008-2022, interpuesto por Morena por incumplir con los lineamientos de propaganda de precampaña.
La queja del partido guinda, detalló el magistrado Leodegario Hernández Cortez, se presentó en contra de la colocación de nueve espectaculares, de los cuales ocho carecían del símbolo universal de reciclaje, situación que verificó el Instituto Estatal Electoral de Hidalgo (IEEH) a través de oficialías electorales, por lo cual se acreditó la vulneración a la norma electoral y se emitieron medidas cautelares ordenando a la aspirante, así como al partido político, cambiar o retirar los espectaculares que incurren en esta omisión.
“Aún cuando modificaron sus espectaculares para cumplir con los requisitos de la norma, son los hechos que ocurrieron al momento de ser denunciados los que cuentan, es decir cuando carecían del citado símbolo, pues de no haber sido denunciado seguirían igual y no se hubiera atendido su colocación, la cual derivo de las medidas cautelares”, manifestó, por lo cual declaró existente la conducta y la magistrada presidenta, Rosa Amparo Martínez Lechuga, emitió la amonestación pública a Alma Carolina Viggiano Austria, así como al PAN por culpa in vigilando.
En tanto, al resolver el TEEH-PES-002-2022, presentado por David Roberto Ramírez Sánchez, en contra del precandidato único de Morena a la gubernatura de Hidalgo, Julio Ramón Menchaca Salazar, por presuntos actos anticipados de precampaña y campaña en la colocación de siete espectaculares, en puntos estratégicos de Pachuca y algunos municipios aledaños; pese a esto, se declaró inexistente la conducta acreditada y que no se actualiza la totalidad de elementos necesarios para determinar la existencia de esta conducta contraria a la norma electoral.
Lo anterior, detalló Hernández Cortez, ya que no se emiten ningún tipo de mensajes de llamado al voto, a favor o contra de algún partido político, y se enuncia que es publicidad destinada a la militancia y simpatizantes del partido guinda como parte de su proceso de selección interna de candidatos a competir en la elección del próximo cinco de junio; cabe mencionar que en la sesión del TEEH, también se resolvieron los Recursos de Apelación (RAP) bajo expedientes: TEEH-RAP-PRI-003-2022, TEEH-RAP-PRI-004-2022 y TEEH-RAP-PAN-006-2022, en los cuales se impugnan los acuerdos IEEH/SE/MC/PES/004/2022, IEEH/SE/MC/PES/009/2022 y IEEH/SE/MC/PES/008/2022, en los cuales la Secretaría Ejecutiva del IEEH negó la imposición de medidas cautelares en contra de estos espectaculares, resolución que confirmó el órgano jurisdiccional local.
Por otro lado, en el TEEH-RAP-MOR-005-2022, el magistrado Leodegario Hernández Cortez, ordenó revocar el acuerdo IEEH/SE/MC/PES/006/2022 en el cual niegan medidas cautelares en contra de publicaciones de la precandidata del PAN a la gubernatura, Alma Carolina Viggiano Austria, pues únicamente se pronunció en ocho de nueve ligas o vínculos de sus redes sociales donde expresa diversos mensajes a la ciudadanía, pues aunque no se actualizan hechos anticipados de precampaña o campaña, deben realizar las diligencias pertinentes para determinar su inexistencia en esta última publicación que permanece pendiente de revisión.
Dan ultimátum a presidenta municipal de Apan
Mediante acuerdo plenario el TEEH otorgó un plazo de tres días hábiles a la presidenta municipal de Apan, María Guadalupe Muñoz Romero, para acatar en la totalidad la sentencia emitida el pasado 25 de noviembre de 2021 en el Juicio para la Protección de los Derechos Políticos y Electorales del Ciudadano (JDC) bajo expediente, TEEH-JDC-154-2021, pues en caso de no hacerlo será acreedora una medida de apremio consistente en arresto por 36 horas o dar vista al Congreso Local de su incumplimiento.
La magistrada presidenta del TEEH, Rosa Amparo Martínez Lechuga, señaló el cumplimiento del pago de la multa impuesta a la edil por 100 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA), consistente en ocho mil 962 pesos, así como la entrega de algunos de los contratos y convenios a los asambleístas: Naxhyp Gutiérrez Márquez, Pastor Joel Fernández Peñuñuri, Hilda Elizabeth Rodríguez García y Rafael Alonso Soto Juárez; sin embargo no entregó la totalidad de la documentación requerida y por ello entró nuevamente en desacato del mandato del órgano jurisdiccional.