TEPJF confirma que AMLO violó veda electoral en campañas de Edomex y Coahuila

El tribunal argumentó que el Presidente difundió indebidamente propaganda gubernamental.

AMLO minimiza quema de piñata de Amlito: “no me importa nada”
Rafael Montes
Ciudad de México /

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó que el presidente Andrés Manuel López Obrador y empleados de la Presidencia de la República violaron la veda electoral durante los procesos electorales de Coahuila y Estado de México al difundir indebidamente propaganda gubernamental.

En sesión pública, por unanimidad de los magistrados de la Sala Superior, se confirmó la sentencia emitida por la Sala Especializada, que consideró que, en la conferencia matutina del 2 de junio, el mandatario presumió logros gubernamentales, pese a la veda impuesta por el periodo de campañas locales en dos entidades federativas.

Además, la Sala Superior también ratificó que se acreditó el uso indebido de recursos públicos mediante el empleo de recursos humanos y materiales para la difusión de la propaganda y que se hizo promoción personalizada.

En su sentencia, dictada el 28 de septiembre pasado, la Sala Especializada consideró que las temáticas abordadas por López Obrador el 2 de junio pasado se relacionaron con logros, acciones y promesas de gobierno que se están llevando, de lo que “se puede concluir que sí se satisface el elemento de contenido para calificar el discurso del presidente de la República como propaganda gubernamental”.

Además, de que el Presidente de la República tuvo como objetivo la adhesión o aceptación ciudadana respecto de los logros y acciones gubernamentales presumidos, así como de las promesas planteadas. 

Además de que pretendió persuadir a la ciudadanía receptora sobre la aprobación del actual ejercicio de administración pública federal.

Debido a su participación en la difusión de la propaganda, la Sala Especializada también concluyó que se hizo un mal uso de recursos públicos al aprovechar el recurso humano de la Presidencia con tal fin.

Ante ello, la Sala Especializada incluyó como personas responsables al director del Centro de Producción de Programas Informativos y Especiales (Cepropie), al coordinador de Comunicación Social y Vocero de la Presidencia, a la directora de Comunicación Digital y al jefe de Departamento en la Coordinación de Comunicación Social.

La confirmación de la Sala Superior, en un proyecto propuesto por el magistrado José Luis Vargas, respaldó la vista al Órgano Interno de Control para que imponga las sanciones correspondientes a las personas responsables y su inscripción en el catálogo de sujetos sancionados en los procedimientos especiales sancionadores.

Respecto del Presidente, si bien se confirmó su responsabilidad, se señaló que le aplica un régimen de excepción, por lo que no se le puede sancionar.


​EHR

LAS MÁS VISTAS

¿Ya tienes cuenta? Inicia sesión aquí.

Crea tu cuenta ¡GRATIS! para seguir leyendo

No te cuesta nada, únete al periodismo con carácter.

Hola, todavía no has validado tu correo electrónico

Para continuar leyendo da click en continuar.