Tras vencer este 30 de septiembre el plazo fijado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), diputados coordinadores de Morena y Movimiento Ciudadano criticaron la estrategia del Partido Acción Nacional (PAN) de bloquear y negarse a dictaminar las iniciativas sobre la interrupción legal del embarazo en Guanajuato, advirtiendo que esta postura no solo desafía al máximo tribunal, sino que incurre en una franca ilegalidad y desacato constitucional.
“El fondo de su declaración, es la ilegalidad, es decir, su plan es ser ilegales, que lo digan abiertamente [...] cae en un desacato, sí, pero se va a tener que modificar toda la normativa que está impidiendo que las mujeres puedan tener un servicio del estado, lo cual, tienen desde mi punto de vista derecho”, aseveró el diputado y coordinador del Grupo Parlamentario de Morena, David Martínez Mendizábal.
Por su parte, Rodrigo González Zaragoza, diputado y coordinador del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, enfatizó que, aunque respetan el derecho de los partidos a defender sus posturas políticas, “la ley es ley” y el Poder Legislativo local tiene la obligación ineludible de acatar los mandatos constitucionales y federales, advirtiendo que continuar con la omisión legislativa coloca al Congreso en un claro desacato a la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
"Bien por ella, pero aquí la ley es ley y nosotros debemos legislar, es una obligación del poder legislativo en Guanajuato (...) no es de que un partido político quiera o no, están los criterios de la Suprema Corte, punto, somos una república y existe un equilibrio de poderes, nosotros somos un poder legislativo y existe un poder que administra las leyes que nosotros iniciamos y que aprobamos, entonces, no es cosa menor, el que no queramos nosotros legislar", puntualizó.
Esto tiene origen tras la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación dictada en el amparo en revisión 525/2024, promovido por la Asociación Civil GIRE, en la cual la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que:
“La penalización del aborto autoprocurado o consentido vulnera una serie de derechos interdependientes que tiene implicaciones directas en la vida de las mujeres y personas con capacidad de gestar”.
A partir de dicha notificación, el Congreso contó con 90 días para realizar las modificaciones necesarias a fin de eliminar o modificar los artículos declarados inconstitucionales del Código Penal del Estado de Guanajuato.
En la misma resolución, se declaró la inconstitucionalidad total de los artículos 159, 160 y 163, y parcial del artículo 162, del Código Penal del Estado de Guanajuato, que penalizan de forma absoluta el aborto.
Vence plazo de la SCJN: Advierten posible desacato y sanciones ante falta de acuerdos
Pablo Enrique Salinas Ramírez, presidente del Colegio de Abogados de Guanajuato, comentó que, ante esto, el panorama legislativo se encamina hacia un escenario de posibles sanciones debido a la falta de consensos políticos internos.
Señaló que, si bien la Ley de Amparo contempla de manera estricta medidas que van desde multas económicas, hasta la destitución y separación del cargo para los legisladores o el órgano legislativo en caso de incumplimiento, la norma también abre la puerta a que se analice la justificación de dicho retraso.
“La ley de amparo prevé diversas posibilidades; hay que ver si el incumplimiento está justificado o injustificado”, detalló Salinas Ramírez
No obstante, advirtió que el tiempo límite está por vencer y, aun cuando la Corte suele otorgar pequeños márgenes operativos o de notificación, la falta de acuerdos obstaculiza la materialización de las reformas requeridas.
El especialista explicó que, una vez concluido el plazo legal, corresponderá a la Suprema Corte emitir un pronunciamiento formal para evaluar si la sentencia ha sido cumplida o incurre en desacato.
En caso de determinarse un incumplimiento injustificado, el máximo tribunal del país será el encargado de valorar las sanciones aplicables, las cuales pueden recaer tanto de forma institucional sobre el Congreso como de manera directa en el patrimonio de los diputados en lo individual.
“El fondo de la decisión de la Corte ya está tomado; lo que procederá a revisar es si existen elementos válidos que justifiquen la dilación o si, por el contrario, se configuran las medidas de apremio”, refirió.
Se espera que en los próximos días, la Suprema Corte de Justicia de la Nación comience a emitir los acuerdos correspondientes para definir las medidas y notificaciones pertinentes.