Corrían las últimas horas del 15 de agosto del 2002, cuando un mensaje de la Oficina de la Presidencia confirmaba los rumores que circulaban aquella tarde: en un acto de protesta, Vicente Fox había cancelado su viaje a Estados Unidos (EU) y eventual reunión con su homólogo George Bush en Texas.
El motivo fue la ejecución del mexicano Javier Suárez Medina, condenado en 1988 a pena de muerte por el asesinato del agente antinarcóticos Lawrence Cadena. Una de las tantas condenas en las que México había identificado violaciones a la Convención de Viena por parte del país vecino.
Desde 1996 México había agotado todos los recursos institucionales para velar por sus connacionales condenados a la pena mayor, acudiendo a organismos como la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), hasta con los propios mandatarios estatales para solicitar el indulto.
Pero el derecho internacional tenía límites a la óptica de EU, más aún en asuntos penales— especialmente en estados que avalan la pena de muerte como Oklahoma o Texas—y ante los cuales la nación no reconocía la opinión de ningún tribunal. Así las ejecuciones al margen de los derechos humanos (DDHH) continuaron.
Pese a ello, dicha ‘renuencia’ no estaba exenta de un protocolo adicional a la Convención de Viena, el cual daba competencia a la Corte Internacional de Justicia (CIJ) para mediar controversias entre los signatarios. Y al ser México y EU firmantes del documento, finalmente en diciembre del 2002 Vicente Fox dio ‘luz verde’ a la demanda contra Estados Unidos; siendo esa la primera y única ocasión que México había acudido al organismo internacional.
El trío contra Estados Unidos
Las vacaciones decembrinas transcurrieron. México se alistaba para comparecer ante la CIJ en un acto inédito en su historia, más no en la de su vecino de norteamérica.
El cuerpo diplomático liderado por Jorge Castañeda Gutman, entonces Secretario de Relaciones Exteriores (SRE), preparó la demanda de la mano del abogado que conocía plenamente el historial de EU ante la CIJ por procesos similares: Donald Francis Donovan.
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Para esa fecha, finales del 2002 e inicios del 2003, México era la tercera nación que acudía a la CIJ por asuntos relativos a la protección diplomática, pues Paraguay y Alemania ya habían transitado aquel camino en 1998 y 1999, respectivamente.
El caso del paraguayo Ángel Breard llegó hasta la sede de la CIJ en La Haya, en Países Bajos, pero fue retirado sin ningún tipo de fallo luego de que EU llevara a cabo la pena de muerte pese a que el organismo había instruido como medida provisional no ejecutarlo. Un año después Alemania inició un procedimiento legal argumentando que EU había violado el Artículo 36 de la Convención de Viena al no informar del derecho de contar con asistencia consular a los hermanos Walter y Karl LaGrand, sentenciados a la pena capital por homicidio.
Karl LaGrand fue ejecutado el 24 de febrero de 1999 y el 3 de marzo Walter recibiría la inyección letal. Pero la petición del gobierno alemán pausó la ejecución luego de que, en un acto sin precedentes, la CIJ otorgó medidas provisionales motu proprio dada la urgencia del asunto y la existencia de un posible daño irreparable.
Donald Francis Donovan asesoró a Paraguay y a Alemania en sus respectivos procedimientos contra EU. Poco después lo volvería a hacer para México en un caso similar, pero con más de 50 sentencias a muerte dictadas a costa de los derechos humanos de los connacionales.
El Gobierno de México inició el procedimiento contra Estados Unidos el 9 de enero del 2003, buscando en primera instancia pausar las ejecuciones— algunas ya en puerta— como medida provisional en lo que la Corte Internacional estudiaba el fondo del asunto para llegar a un fallo.
De ese modo, y por orden de la CIJ emitida el 5 de febrero, se congelaron las ejecuciones de los mexicanos César Roberto Fierro, Roberto Moreno y Oswaldo Torres (los más próximos a recibir la inyección letal) al considerar que “la ejecución podría causar daños irreparables”.
El caso Avena: ¿Por qué se llamó así?
“Avena y otros nacionales mexicanos” (Avena and Other Mexican Nationals por su traducción al inglés), así fue como la Corte Internacional de Justicia nombró el caso de los más de 50 oriundos de México condenados a muerte y a quienes, según la denuncia, no se les ofreció asistencia consular.
Cabe señalar que el reclamo inicial del Gobierno de México incluía 54 connacionales, pero el número bajó a 52 tras el rechazo de la Corte para incluir los casos de Víctor Miranda Guerrero y Tonatiuh Aguilar Saucedo. Modificación a la que EU se opuso previamente al considerar que tendría poco tiempo para investigarlos, pues la petición se había presentado en noviembre del 2003; diez meses después de abierto el caso.
De los 52 procesos penales registrados entre 1979 y 2002, 28 se llevaron a cabo en California, 15 en Texas, tres en Illinois y uno más en Arizona, Arkansas, Nevada, Ohio, Oklahoma y Oregón (cada uno). El caso se conoció popularmente como “El caso Avena”, en referencia al primer nombre de la lista de mexicanos involucrados: Carlos Avena Guillén.
Para el 9 de enero del 2003, día en que México inició el proceso contra Estados Unidos, los 52 connacionales se encontraban en el corredor de la muerte. Sin embargo, estipula el documento, dos días después el gobernador de Illinois conmutó las 11 penas de muerte, incluidas las de los mexicanos Juan Caballero Hernández, Mario Flores Urbán y Gabriel Solanche Romero.
Los alegatos de la parte mexicana argumentaban que en 50 de los casos no se notificó del derecho que los connacionales gozan de asesoría consular, según el Artículo 36 de la Convención de Viena. En tanto los otros dos recibieron dicha información pero con demora, lo cual también contraviene a la disposición.
Asimismo se indicó que México tuvo conocimiento de sólo 29 de los 52 procedimientos, pero toda vez que la pena capital ya había sido dictada; mientras que de los 23 restantes se tuvo conocimiento por medios ajenos a las autoridades de Estados Unidos, lo cual “explica que en cinco casos fue demasiado tarde para afectar los juicios”.
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El día del fallo
El 31 de marzo del 2004 la Corte Internacional de Justicia falló a favor de México e impuso a Estados Unidos la obligación de proporcionar la revisión y consideración de los veredictos de culpabilidad y de las sentencias de los 52 mexicanos contenidos en el fallo.
Pero una década después, en 2024, México envió una carta al Consejo de Seguridad de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) en la cual denunció a su vecino del norte de incumplir el “fallo Avena” al ejecutar a tres de los 52 mexicanos, sin revisar o reconsiderar sus sentencias.
Los connacionales referidos fueron José Ernesto Medellín Rojas en 2008, Humberto Leal García en 2011 y Edgar Tamayo Arias en 2014.
ASG