El Servicio de Administración Tributaria (SAT), dio a conocer que las personas físicas con ingresos por salarios y/o intereses por hasta 20 mil pesos, no estarán obligados a presentar su declaración anual 2016, o la podrán presentar en cualquier momento.
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El titular del SAT, Osvaldo Santín Quiroz, señaló que “el cambio que hoy se anuncia es que si únicamente recibes ingresos por salarios, ya no estás obligado a presentar la declaración anual, inclusive aquellos que tienen ingresos inferiores a 400 mil pesos anuales”.
Añadió que muchos asalariados obtienen saldos a favor, los cuales pueden obtener presentando la declaración en cualquier momento del año y, en cuanto la presenten, obtendrán su devolución en 5 días; con estas medidas se logrará beneficiar a 2 millones 491 mil trabajadores.
“Estamos logrando una meta, un propósito largamente anhelado por la sociedad que es, que el pago o el cumplimiento de sus obligaciones fiscales sea fácil, el SAT ha realizado una gran apuesta a favor de la tecnología”, comentó Quiroz.
Señaló que como esta medida, habrá otros beneficios para los contribuyentes, para demostrar que pagar impuestosen México es más fácil.
Comentó que este avance se suma a un largo número de herramientas que el SAT ha ido incorporando como; el uso de la firma electrónica, el buzón tributario, las revisiones electrónicas, la contabilidad electrónica, las devoluciones automáticas de saldos a favor, la herramienta mi contabilidad entre otras.
“Con estas medidas estamos desarraigando dos ideas comunes en la sociedad la primera de ellas es que solamente unos cuantos pagan impuestos y la segunda que pagar impuestos es muy difícil en México” señaló.
Por otra parte, las personas que perciban ingresos por honorarios, arrendamiento, tengan actividades empresariales y, los asalariados con ingresos superiores a 400 mil pesos, siguen obligados a presentar su declaración anual en abril.
La fecha límite es el 30 de abril pero por ser este domingo, el plazo se recorre al martes 2 de mayo.
CPR