Las personas morales tienen hasta el próximo lunes 3 de abril para presentar su declaración anual ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
El organismo tributario le dio un día más a quienes operen bajo este esquema, pues el plazo inicial vencía el 31 de marzo.
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Este “día extra” se debe a una disposición del Código Fiscal de la Federación (CFF), que establece que si la fecha límite cae en un día en que la oficina de impuestos está cerrada o en un día festivo ésta se extenderá al siguiente día hábil.
En este caso, el 31 de marzo cae en viernes, que es un día hábil, por lo que la fecha límite se recorre al lunes y los contribuyentes gozarán de un día extra para entregar este trámite.
¿Qué pasa si no presento la declaración anual?
De acuerdo con el SAT, en caso de no cumplir con esta obligación fiscal las multas van desde los mil 400 hasta los 17 mil 370 pesos.
Mientras que por cada obligación presentada fuera del plazo pueden tener una multa que va desde los mil 400 pesos a los 34 mil 730 pesos.
Las multas deben ser pagadas en tiempo y forma. De lo contrario el contribuyente se puede hacer acreedor de sanciones adicionales y hasta afectar el historial crediticio o el estado laboral.
AMP