Todos hemos escuchado hablar o leído cuando embargan los bienes de una empresa o persona, pero no siempre tenemos clara cuál es la diferencia entre los dos tipos de embargo que existen: el precautorio y el ejecutivo. Aquí te explicamos las diferencias.
Primero empezaremos por definir ¿qué es un embargo?. Es una orden en la que se restringe a un determinado sujeto el derecho de propiedad de un bien material que puede ser desde una cuenta bancaria, hasta una casa, un edificio, una fábrica, un avión, joyas y un infinito etcérera.
Embargo precautorio
Un embargo precautorio es una disposición que únicamente puede dictar un juez civil, cuando existe temor de que una persona puede evadir su responsabilidad de pago y no pueda ser encontrada.
Cuando se emite esta medida se "inmovilizan" los bienes del deudor y así aunque estos sigan en su poder, éste no puede disponer libremente de ellos ni venderlos porque se convierten en una garantía de cobro.
Embargo ejecutivo
En cambio en el embargo ejecutivo, una autoridad judicial ordena retener los bienes y proceder a su venta, para que de este modo se obtenga dinero suficiente para liquidar la deuda que tenga el implicado.
Para salir de un embargo precautorio es necesario liquidar la deuda.
MCM