Las líneas empresariales, lado ciego en el padrón de celulares

Análisis. El Panaut padece vacíos legales y malas técnicas legislativas, señalan expertos; a la fecha, jueces federales ya otorgaron 29 suspensiones definitivas contra la reforma a la Ley de Telecomunicaciones

Las líneas empresariales, lado ciego en el padrón de celulares
Yanin Alfaro
Ciudad de México /

El Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (Panaut), que entró en vigor el 17 de abril, no dejó claro cómo será el registro de personas morales que contratan múltiples líneas, debido a que confunde términos y tiene vacíos legales, coinciden expertos. 

Actualmente en México no existen registros del número de líneas móviles contratadas por personas morales (empresas, organizaciones civiles, instituciones, etc). MILENIO consultó a Telcel, Telefónica Movistar y AT&T sobre sus cifras, pero las compañías dijeron que “no era posible compartir esa información”, aunque confirmaron que ese tipo de usuarios están en esquemas de pospago, que suman 22.5 millones de líneas en el país.

Según el artículo 180 de la reforma a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTyR), el representante legal de una empresa u organización es responsable de entregar los datos biométricos de las 5 o 5 mil líneas contratadas, explica Michel Hernández Tafoya, director del Observatorio de las Telecomunicaciones de México (Observatel).

Con ello, el Panaut integrará a estos usuarios con datos “hibridos”, pues el representante legal tendrá qué dar sus datos como dueño de la línea, pero con todos los biométricos de quienes integran la organización, explicó Gustavo Garduño, especialista en derecho económico de la Universidad Panamericana.

Añade que en la reforma “hay una mala técnica legislativa, pues confunde al usuario con el prestatario del servicio, pues no es lo mismo quien contrata que quien emplea el celular. Eso va a ocasionar muchos problemas”.

El objetivo de la ley es  combatir el crimen mediante la identificación de las personas que son titulares y usan una línea telefónica. Lo peor es que se presumirá que quien aparece en el registro es el titular o el usuario, salvo que esta persona demuestre lo contrario, “y es evidente que en el caso de las personas morales no va a ser así”, recalcó Hernández.

Garduño considera que debió hacerse una regulación más extensa para personas morales, pues “la medida no es necesaria, es gravosa porque es excesiva”. 

Explicó que en los artículos 189 y 190 de la LFTyR ya prevé que se den los datos de quienes tienen un contrato (de pospago), pero faltaba el registro de quienes compran una tarjeta SIM o un celular de prepago, que es donde está el crimen. “No deberíamos ir por los que tienen un contrato de 24 meses en una telefonía porque estos están bien identificados”.

Riesgos y consecuencias

A nivel corporativo “estamos en shock, esperando a ver qué están haciendo otros. Ya hay cámaras que se pronunciaron contra de que una identidad moral esté asociada a una persona por sus datos biométricos”, dijo Armando Reyna Ballesteros, asesor de empresas y docente de Inteligencia de Negocios de Cetys Universidad campus Mexicalli.

Para él “hay muchos vacíos en lo que se conoce”, pero “no se sabe cómo se proporcionarán los datos a los concesionarios y si estos tendrán la seguridad suficiente”.

Además, prevé que surjan amparos de asociaciones y organismos, “muchas voces se suman al rechazo al padrón”, pues “con los datos del representante legal se puede acceder a cierta información de la empresa y caer en manos equivocadas”.

Si ese fuera el caso, se estarían violando los derechos ARCO (derechos de acceso, rectificación, cancelación u oposición al tratamiento de datos personales), explicó a MILENIO el abogado Francisco Bermúdez, ya que no se sabe adónde van los datos biométricos o si esto puede incurrir en un daño patrimonial, como acceder a tarjetas bancarias.

Bermúdez explicó que las empresas pueden ampararse para agregar casos a una posible jurisprudencia. El amparo será colectivo y debe presentarse por medio del representante legal, especificando los nombres de quienes la integran.

A la fecha hay 140 amparos individuales rechazados por la Corte, bajo el argumento de que el Panaut aún no los ha afectado. Sin embargo, dijo Bermúdez, esto se decide al criterio del juez, pues ya hay algunos jueces que han dictaron sentencias a favor.

Hasta el pasado 30 de abril ya había 29 suspensiones definitivas, que comprenden 155 medidas cautelares de particulares y asociaciones civiles que se oponen a registrarse en el padrón.

De éstas, 24 fueron otorgadas por el juez Segundo de Distrito Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, Juan Pablo Gómez Fierro, acusado la semana pasada por el presidente Andrés Manuel López Obrador de actuar a favor de intereses particulares y sobre quien inició una investigación la Unidad de Inteligencia Financiera. _

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