Constitución y toros

En la mayoría de las entidades federativas, el maltrato y la crueldad innecesaria hacia los animales están prohibidos e incluso tipificados como delito.

Constitución y toros (David Peón)
Nexos
Ciudad de México /

Por: Mariana Ruiz Albarrán y Denise Tron Zuccher

Ilustración: David Peón, cortesía de Nexos

La concepción tradicional que se tenía de los animales como objetos o cosas, cuya protección estaba prevista en la legislación civil al considerarlos como bienes muebles ha quedado atrás en muchos países, incluyendo el nuestro. El primer gran cambio fue a partir de la expedición de normas en materia de protección animal; desde los años 80 en México se han publicado leyes en todas las entidades federativas sobre este tema. Aun cuando los animales no tienen la titularidad de derechos, la legislación tutela su bienestar. En las leyes de protección animal se establecen obligaciones a cargo de las personas con la finalidad de proteger a los animales. Hay estados cuya legislación les reconoce inclusive un derecho a vivir, como sucede en el caso de Hidalgo.

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