La UdeG y su siguiente rector(a)

Jalisco /

El sábado pasado la Universidad de Guadalajara (UdeG) cumplió 99 años. En este contexto ha trascendido que la elección del titular de su Rectoría General se adelantará para “antes de que inicie la FIL”, aunque entre en ejercicio el 1 de abril del próximo año. La importancia de la institución es incuestionable:   este año ejerce un Presupuesto superior a 16 mil millones de pesos (mayor en más de cinco ml millones al de cualquier Ayuntamiento de Jalisco). Atiende más de 336 mil alumnos, con 17 mil profesores y 10 mil trabajadores administrativos. Después del Poder Ejecutivo, es el ente público más importante del estado.

A su Rector General lo elige un Consejo General Universitario (CGU) de poco más de 200 integrantes, en el que casi el 30% son estudiantes; 24% académicos, y el resto directivos. Su composición es prácticamente la misma que la de la Ley de 1952. Este sistema de elección, predominante en el 50% de las 36 universidades públicas estatales (le sigue el de Juntas de Gobierno con 13; y el de votación universal en otras cinco), ha sido el más proclive a generar autoridades informales que trascienden los períodos de sus rectores, generando un modelo que ha tratado de ser imitado en otras universidades (como Hidalgo, Sinaloa y Colima). Siendo esta la primera sucesión rectoral en casi 30 años sin la presencia de Raúl Padilla, ¿existe algún riesgo de que se pueda salir de control?

Respecto al perfil de su próximo Rector General: ¿debe seguir siendo alguien que haya sido líder de su organización estudiantil? (de los siete últimos rectores solo dos no tuvieron esa característica). Y, ¿debe seguir siendo un hombre; o ya es tiempo de que la Universidad sea dirigida por una mujer? En la actualidad solo en 11 de las 36 universidades públicas estatales existe una Rectora.

En estas necesarias actualizaciones, existe una que ha sido soslayada: el artículo 34 de su Ley Orgánica establece: “El Rector General durará en su cargo seis años, contados a partir del día primero de abril del año en que se renueve el titular del Poder Ejecutivo del Estado”; y el 38 de la Constitución de Jalisco preceptúa: “El Gobernador del Estado entrará a ejercer su encargo el día 6 de diciembre del año de la elección”. ¿El primero de abril pasado debió entrar un nuevo Rector?; o ¿los seis años del Rector en funciones son independientes de la fecha de toma de posesión del nuevo Gobernador? ¿Será por esto que se quiere adelantar la elección de su Rector?


  • Javier Hurtado
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