Un amparo para que el mar no haga olas

Jalisco /

Puede entenderse que la estrategia del Poder Judicial de la Federación (PJF) es seguir acumulando recursos y sentencias a todas luces ilegales, para que la SCJN declare inconstitucional la reforma del Poder Judicial: 170 amparos ilegales contra dicha reforma constitucional; 274 recursos presentados ante el Tribunal Electoral; una controversia constitucional, cuando estas son entre poderes u órdenes de gobierno, pero no de un estado contra el Poder Revisor de la Constitución (PRC); y dos acciones de inconstitucionalidad del PRIAN, cuando los partidos solo pueden presentarlas contra leyes electorales. Recursos todos ilegales y admitidos ilegalmente. Y la cereza del pastel: una jueza ordena a la Presidenta de la República violar la Constitución para eliminar del DOF la reforma publicada, amenazando consignarla ante el Ministerio Público por desacato. La irresponsabilidad y mezquindad con que actúan es inconmensurable.

El problema es que quienes realizan todo eso, son los mismos que se dicen defensores del Estado de Derecho, de la división de poderes, y profesionales  producto de una “carrera judicial”, que en los hechos es carrera familiar. La misma presidenta de la SCJN reconoció que en 2022 el 49% de los trabajadores del PJF tenían familiares a su interior. Empero, de acuerdo a datos de la SEGOB el 85% de los magistrados y el 67% de los jueces tienen al menos un pariente laborando a su interior. Por eso la enjundia con la que defienden su “patrimonio” y privilegios.

Ahora dicen que la fracción I del 61 de la Ley de Amparo que lo declarara improcedente contra reformas constitucionales es anticonstitucional ¿Y por qué no dicen lo mismo de sus fracciones II y III que establece lo mismo contra actos de la SCJN y el Consejo de la Judicatura?  Inconstitucional en todo caso es eso. Admitirlo contra la Constitución, equivaldría a aceptar que la Carta Magna es transgresora de los derechos fundamentales, y declararlo con efectos generales es anular al Poder Legislativo ¡Burros!

Ninguna norma, aunque sea declarada su invalidez u objeto de una declaratoria general de inconstitucionalidad, puede borrarse. Si ni el Jefe del Ejecutivo puede vetar una reforma Constitucional ni promulgarla, sino solo publicarla (porque ello equivaldría a situarse por encima del PRC), ahora resulta que una jueza pretende derogar contenidos de la Constitución, facultad que solo le corresponde al PRC.

Ya envalentonados, solo falta que un juez le ordene al mar dejar de hacer olas mayores de un metro; y al planeta Tierra moderar el movimiento de traslación, pues ambos afectan sus derechos humanos al trabajo y a la salud...


  • Javier Hurtado
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