Deberes reforzados por la igualdad sustantiva

Tamaulipas /

De enero a septiembre de 2024, en México se registraron alrededor de 250 mil llamadas de emergencia relacionadas con incidentes de violencia contra mujeres; siendo el Estado de México y Chihuahua, las entidades con más reportes. Tamaulipas ocupó el lugar 16 con dos mil 766 llamadas de auxilio.

Ante esta grave problemática, el 8 de octubre de este año, la presidenta Claudia Sheinbaum presentó una iniciativa que busca atacar las causas estructurales de la violencia de género.

“El Estado garantizará el goce y ejercicio del derecho a la igualdad sustantiva de las mujeres. (...) Toda persona tiene derecho a vivir una vida libre de violencias, el Estado tiene deberes reforzados de protección con las mujeres, adolescentes, niñas y niños.”, este texto forma parte de la reforma propuesta por Sheinbaum, , el pasado 8 de octubre, al artículo que establece la igualdad entre mujeres y hombres.

Los llamados “deberes reforzados” se desglosan en las modificaciones y adiciones a los artículos 21, 41, 73, 116 y 123 Constitucionales, propuestas en la misma iniciativa, la cual ya fue aprobada en el Senado.

Estos deberes reforzados incluyen que se incorpore en la Constitución que los nombramientos de las personas titulares administración pública del Poder Ejecutivo Federal y sus equivalentes en las entidades federativas y municipios, deberán observar el principio de paridad de género.

En el mismo sentido, la reforma establece que las autoridades federales podrán conocer de las medidas de protección que deriven de violencia de género o de delitos del fuero común por razones de género, en términos de las leyes correspondientes; así como, aplicar la perspectiva de género a nivel federal y de las entidades federativas.

En materia de violencia de género, se propone que, para proteger el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, todas las entidades federativas deberán prever que las instituciones procuración de justicia cuenten con fiscalías de investigación de delitos por razones de género.

Además, en el ámbito laboral, se sustituye la palabra “sexo” por “género” dada su connotación diversa, lo que permite la protección de los derechos de todas las mujeres, incluyendo a las mujeres trans; por lo que, en el artículo 123 Constitucional se propone: “A… VII. Para trabajo igual debe corresponder salario igual, sin tener en cuenta género ni nacionalidad. La Ley establecerá los mecanismos tendientes a reducir y erradicar la brecha salarial de género; […] B. ... V. A trabajo igual corresponderá salario igual, sin tener en cuenta el género. Las leyes establecerán los mecanismos tendientes a reducir y erradicar la brecha salarial de género.”

Esta reforma impulsada por Sheinbaum se destaca por enfocarse en el sistema judicial con un enfoque preventivo y de protección con perspectiva de género.

Sin embargo, pasar de la letra a los hechos requiere de la asignación de presupuestos suficientes para que las fiscalías especializadas capacitar al personal y formar equipos forenses de alta calidad, competentes en pruebas periciales como la de Antropología Social con Perspectiva de Género, que les permitan cumplir con sus “deberes reforzados” en favor de las mujeres y niñas para alcanzar la igualdad sustantiva.


  • Nohemí Argüello Sosa
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