Con la desaparición de varios órganos constitucionales autónomos (OCA) perdimos la oportunidad de reflexionar, seria y críticamente, sobre su desempeño, diseño y funciones. Con excepción, para bien, de la Comisión de Competencia Económica, que será sustituida por una nueva autoridad de competencia, persisten dudas razonables sobre lo que sucederá con las funciones del resto de los extintos OCA.
Este es el caso del derecho de acceso a la información. Para comprender el problema hagamos un poco de historia. Durante el régimen priista, este derecho fue considerado un tabú. Fue después de la elección de 2000 que se logró vencer la resistencia política, y se aprobó, por unanimidad, la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública en 2002.
Esta ley priorizó el diseño de un procedimiento administrativo descentralizado, sencillo de activar y relativamente rápido para el ciudadano. Como eran previsibles las resistencias, el reto fue crear un mecanismo de control eficaz y accesible. El recurso a la protección judicial no resultaba idóneo por sus costos y tiempos de tramitación.
La solución fue la creación de un órgano administrativo con facultades cuasi judiciales para resolver, de manera rápida y eficiente, los recursos de revisión en caso de una negativa de acceso. Así nació el Instituto Federal de Acceso a la Información (IFAI), por eso se le dotó de autonomía, y con el tiempo se consolidó como un pilar del modelo mexicano de acceso a la información.
El éxito del IFAI se basó en tres factores clave: un buen diseño jurídico del procedimiento, la autonomía efectiva del organismo y la voluntad política. El modelo gestionó más de un millón de solicitudes de acceso y muchos temas salieron a la luz pública gracias a ellas. No era perfecto, pero fue un gran avance. Su propósito no era acabar con la corrupción, sino hacerla visible. Y lo logró.
El paso del IFAI al INAI, con cobertura nacional y autonomía constitucional en 2014, no era indispensable. Podemos discutir los méritos y problemas de este diseño. Pero su desmantelamiento y el regreso al modelo previo a 2014, sin un mecanismo creíble para resolver las negativas de acceso, representa un riesgo de retroceso, que puede traducirse en un acceso más lento, costoso y menos efectivo para los ciudadanos.
Las preguntas son muchas: ¿se modificará el procedimiento de acceso a la información? ¿Quién será responsable de los recursos de revisión y con qué nivel de autonomía? ¿La Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno asumirá funciones resolutivas? ¿Se le dará competencia al Tribunal Federal de Justicia Administrativa?
A pesar de la incertidumbre, no todo está perdido. Todo dependerá del diseño de la legislación secundaria y de la voluntad política para no desmantelar los avances logrados en dos décadas de trabajo. Sin embargo, me temo que las señales no son alentadoras.