Los jueces y la democracia

Ciudad de México /

El año que inicia anuncia turbulencias para los poderes judiciales del mundo. La Suprema Corte de Estados Unidos tendrá que decidir si Donald Trump estará, o no, en la boleta electoral. La Corte mexicana enfrentará el proyecto de reforma judicial del presidente López Obrador, al mismo tiempo que tiene una larga lista de asuntos pendientes políticamente sensibles. En Israel, en medio de la terrible guerra que libran contra Hamás, su más alto tribunal adoptó dos decisiones que dejarán una profunda huella en la vida política de ese país. Va una apretada síntesis del asunto.

Israel no tiene una constitución escrita. En su lugar, cuenta con las “leyes fundamentales”, mismas que establecen los principios básicos del Estado. A lo largo del tiempo, el Parlamento (Knesset) ha aprobado 14 de estas leyes, que se pueden reformar por mayoría simple.

En 2020 llegó al poder, por quinta ocasión, Benjamín Netanyahu, quien es primer ministro gracias a una peculiar coalición de partidos religiosos de derecha. A Netanyahu se le ha calificado como un gobernante populista, y algunas de sus medidas han sido anuladas por la Corte Suprema.

El año pasado, Netanyahu propuso una reforma que esencialmente buscaba dar mayor control al Parlamento sobre el Poder Judicial. Entre otras medidas, limitaba la facultad de los jueces para revisar y anular actos del gobierno y leyes aprobadas por el Parlamento. Este estándar de revisión es conocido como la “cláusula de razonabilidad”.

La propuesta sacudió al mundo jurídico hebreo y dividió profundamente a la sociedad israelí. El gobierno alegó que era necesaria para hacer valer la “voluntad popular” y restaurar el equilibrio de los poderes del Estado. Otros consideraban que esta cláusula era indispensable para que los jueces evitaran abusos del gobierno. Suprimirla implicaría riesgos para la vida democrática.

El lunes pasado, la Corte Suprema israelí tomó dos decisiones. La primera, por una mayoría de 12 de 15 jueces, determinó que sí tiene la autoridad para llevar a cabo una revisión judicial de las leyes fundamentales, e intervenir en casos excepcionales y extremos cuando el Parlamento exceda su autoridad constituyente. La segunda, por solo 8 votos a favor, declaró nula la reforma de la Ley Fundamental que negaba el examen judicial de la razonabilidad de las decisiones adoptadas por el gobierno, pues ello causaría “un daño severo y sin precedentes a las características nucleares del Estado de Israel como un Estado democrático”.

La llegada de gobiernos que otorgan primacía absoluta a los “dictados del pueblo” se contrapone estructuralmente a la lógica subyacente en el control judicial de los actos de las autoridades. Hay una tensión irresoluble que generará debates y conflictos entre gobiernos y jueces. Y cualquier semejanza con la realidad nacional, no es mera coincidencia.


  • Sergio López Ayllón
  • Investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM. Miembro del Sistema Nacional de Investigadores / Escribe cada 15 días (miércoles) su columna Entresijos del Derecho
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