Acaban de comenzar las audiencias del juicio en Nueva York del ex líder del Cártel de Sinaloa, Ismael “El Mayo” Zambada, y a muchos sorprendió el hecho de que se haya comenzado a debatir si se le puede aplicar la pena de muerte, por el hecho de que no se había planteado antes dicha opción en los juicios de alto nivel para narcotraficantes mexicanos.
Es decir, en los juicios de Joaquín “El Chapo” Guzmán, Osiel Cárdenas Guillén, Ovidio Guzmán Loera, Rubén Oseguera González, Dámaso López Núñez, Edgar Valdez Villareal, Vicente Zambada Niebla, Benjamín Arellano Félix, Alfredo Beltrán Leyva, Genaro García Luna o Rafael Caro Quintero no se ha mencionado siquiera la posibilidad de la pena de muerte, pero con el Mayo Zambada sí.
Lo anterior se debe a una sutileza jurídica, pero que en este caso resulta de suma relevancia y es el contexto de las detenciones o de las entregas pactadas.
Por ejemplo, en la mayoría de los casos anteriores, como se tata de narcotraficantes que se movían en México, fueron arrestados en nuestro país y después Estados Unidos solicitó la extradición, pero nuestra legislación marca que para que una persona sea extraditada, el país que lo recibe se compromete a no aplicar penas mayores a las dispuestas en la legislación mexicana y en especial no se puede aplicar pena de muerte en ningún caso.
Hay otros como Dámaso López Serrano o Joaquín Guzmán López que se entregaron a las autoridades norteamericanas, y en las condiciones de entrega se pueden establecer excepciones de pena como la de muerte.
Pero el Mayo Zambada no se entregó y fue arrestado en suelo norteamericano, porque fue secuestrado y llevado con engaños a Estados Unidos por Joaquín Guzmán López, por ende, a él no le aplican las excepciones y al menos en la teoría lo pueden condenar a pena de muerte, aunque por el contexto de la detención suena complicado que vayan a optar por dicho castigo y seguramente se enfocarán en cadena perpetua.
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