Un juez federal declaró inconstitucional el decreto presidencial que ordena la disminución escalonada del uso del herbicida glifosato como sustancia activa de agroquímicos y de maíz transgénico, los cuales se ordenaron eliminar para 2024.
Francisco Javier Rebolledo Peña, juez Sexto de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México, otorgó un amparo a la empresa Monsanto, la cual impugnó las acciones que se ordenó realizar a las dependencias federales para sustituir gradualmente el uso, adquisición, distribución, promoción e importación de la sustancia química.
El amparo únicamente protege a Monsanto, inventora del herbicida, para que no se le aplique el decreto. El fallo aún puede ser recurrido ante un tribunal colegiado.
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El juez añadió que el decreto reclamado no funda ni motiva las decisiones adoptadas en él, pues no se exponen las circunstancias particulares basadas en evidencia científica, ni razonamiento específico para concluir que el uso del glifosato es nocivo para la salud humana y de animales y que el maíz genéticamente modificado afecta la seguridad y a la soberanía alimentarias y su eliminación contribuye a la protección al maíz nativo, la milpa, la riqueza biocultural, las comunidades campesinas, el patrimonio gastronómico y la salud de los mexicanos.
El decreto hace mención de que al glifosato se le ha identificado como un posible carcinogénico en humanos, por la Agencia Internacional de Investigación del Cáncer.
Aunque refiere que distintas investigaciones científicas han alertado sobre el efecto nocivo de la sustancia y que diversos países han prohibido el uso de la misma en agroquímicos y muchos otros se encuentran evaluando la implementación de medidas similares y de otro tipo para proteger a la población, no hace mención de las investigaciones que al respecto se han pronunciado y tampoco las naciones que han prohibido su uso.
El juez puntualizó que el Decreto no precisa ni identifica cuáles investigaciones se han realizado, omitiendo fechas y científicos o instituciones y los países donde se sostenía tal criterio.
Javier Rebolledo mencionó que mucho menos se indica qué instituciones mexicanas realizaron los estudios pertinentes para llegar a la conclusión que el glifosato es una sustancia que puede causar daños graves a la salud de las personas.
El juez abundó que la decisión de evitar el uso de maíz genéticamente modificado en los cultivos y del grano de maíz genéticamente en la alimentación de la población mexicana se decretó hasta la redacción de los artículos quinto y sexto del Decreto; sin embargo, nada se dijo de los posibles efectos nocivos de su liberación al ambiente, o bien de su uso en la alimentación de la población mexicana
"En esa medida evidentemente la justificación que se expresó en el considerando del Decreto reclamado no motiva ni justifica en modo alguno la decisión de evitar el uso de maíz genéticamente modificado en los cultivos y el uso del grano de maíz para la alimentación de la población mexicana y, por ende, la revocación y abstención de otorgar permisos de liberación al ambiente de semillas de maíz modificado genéticamente; así como de las autorizaciones para el uso de grano de maíz genéticamente modificado en la alimentación de las y los mexicanos, hasta sustituirlo totalmente", puntualizó.
FMU