La Auditoría Superior de la Federación (ASF) recurrió la resolución que confirmó que no hay elementos para vincular a proceso al ex subsecretario de la entonces Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (Sedatu), Enrique González Tiburcio, por el presunto delito de uso indebido de atribuciones y facultades, derivado de un convenio de colaboración con la Universidad Autónoma Indígena de México, en Sinaloa, por 106 millones de pesos, en el caso conocido como la Estafa Maestra.
Autoridades de la Fiscalía General de la República (FGR) indicaron que la ASF presentó el recurso, como parte ofendida.
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Asimismo, indicaron, que el ex funcionario enfrenta otras tres causas penales federales por los probables delitos de uso indebido de atribuciones y facultades, así como falsedad en declaraciones judiciales e informes dados a autoridad, ante diversos jueces, en las cuales, están pendientes audiencias de juicio oral, o se encuentran en investigación complementaria.
Según las autoridades de la FGR, en el caso del Tribunal Federal que desechó las argumentaciones del Ministerio Público Federal, en la audiencia inicial de ese proceso el rector de la Universidad Autónoma Indígena de México, “declaró y reconoció”, ante el mismo juez de la causa, con toda precisión, que él junto con el imputado, firmaron el contrato impugnado, lo cual el juez de control desestimó y lo mismo hizo el Tribunal Colegiado.
Sin embargo, la Auditoría Superior de la Federación, como parte ofendida, ya promovió un nuevo recurso para que no se cierre el caso.
Cabe señalar que, el Segundo Tribunal Colegiado de Apelación en Materia Penal en la Ciudad de México, confirmó la resolución dictada en primera instancia por un juez de control, el cual consideró que no hay indicios que demuestren que el ex servidor público haya incurrido en malos manejos por 106 millones de pesos.
El proyecto de la magistrada Gabriela Vieyra Pineda, el cual fue aprobado por el Tribunal Colegiado, menciona que el juez de control determinó que no existe indicio razonable que permita suponer que la firma del justiciable es la que consta en el convenio general de que se trata.
“Determinación que este tribunal de alzada estima apegada a la legalidad, ya que la conducta atribuida al justiciable consiste en que en su calidad de servidor público indebidamente contrató servicios con recursos públicos, mediante la suscripción del convenio general…de 4 de enero de 2016...
“Respecto de lo cual la defensa del justiciable, en contra-argumentación o refutación, señaló que la firma que calza ese documento base de la acción, no fue puesta de puño y letra de su representado; para robustecer tal aserto, aportó como dato de prueba el resultado del dictamen emitido el 10 de abril de 2023, por un perito particular en materia de grafoscopía y documentoscopía en el que el especialista concluyó que la firma que calza el escrito de ese convenio…no provienen de su puño y letra, además que las diferencias anotadas, los signos que ahí observó son típicos de falsificación por imitación servil’, es decir, concluyó que la firma no corresponde a la del justiciable y que, puede tratarse de una falsificada”, detalla la resolución.
El Tribunal Federal indicó que la FGR únicamente realizó manifestaciones tendentes a demeritar la valoración que realizó el juez de ese dato de prueba, pero no se ocupó de refutar el razonamiento medular que sostiene la determinación recurrida, es decir, que de los datos aportados por la fiscalía no se advierte alguno que permita suponer razonablemente que la firma que consta en el convenio general es la del ex subsecretario.
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