El viernes de la semana pasada, el Ejecutivo federal publicó, en la edición vespertina del Diario Oficial de la Federación, un decreto por el cual vuelve a prohibir la importación de productos alternativos de consumo de nicotina y tabaco.
Éste es el tercer decreto en menos de dos años sobre el tema, y es la segunda vez que el gobierno se contradice respecto a posiciones anteriores. En febrero de 2020 prohibió los productos –calentadores de tabaco, cigarros electrónicos y vapeadores— basándose en datos erróneos. Argumentó, en su momento, que los tres productos eran responsables de una crisis de salud en Estados Unidos, aún cuando la autoridad estadounidense encontró evidencia de que esta crisis de salud había ocurrido por adulteración y manejo ilegal de algunos de los productos.
Tras un fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en noviembre de 2020, el Ejecutivo cambió de posición, y en junio de este año revirtió el decreto anterior de manera parcial: quitó los calentadores de tabaco de la lista de dispositivos prohibidos.
Sin embargo, meses más tarde, y a los pocos días de que la Suprema Corte creara jurisprudencia que declaraba inconstitucional esta prohibición, el gobierno regresó con un tercer decreto, éste más prohibitivo que los anteriores. Regresó al enfoque prohibicionista que ha utilizado en salud, a pesar de que uno de los lemas de esta administración es “prohibido prohibir”. La justificación, al igual que en febrero de 2020, fue el presunto daño a la salud que ocurre al utilizar estos dispositivos.
En países como Japón o Nueva Zelanda el enfoque ha sido diametralmente opuesto. Ambas naciones, pioneras en la utilización de productos alternativos de consumo de nicotina y tabaco, han encontrado ventajas en la regulación de los productos en vez de su prohibición: la prevalencia de consumo de cigarro ha disminuido sustancialmente en Japón; de igual manera, Nueva Zelanda ha encontrado en estos dispositivos un estandarte para cumplir su propósito de convertirse en el primer país libre de humo en todo el mundo.
En México, en cambio, la discusión apenas empieza. El fallo más reciente de la SCJN ha abierto un espacio para que legisladores regulen, lejos del enfoque prohibitivo que la propia Corte ha declarado inconstitucional. La historia demuestra que la regulación reduce mercados negros, que florecen cuando hay prohibición, y que la regulación evita que productos de este tipo no caigan en manos de menores de edad.
Durante los próximos meses continuará esta discusión, y quedará en manos del Congreso la decisión final sobre la regulación de los productos alternativos de consumo de nicotina y tabaco.