La ausencia de 110 días, equivalente al 50 por ciento del calendario escolar que presentó una alumna, fue lo que puso en alerta a su padre, divorciado, de un atentado contra el derecho a la educación de la menor.
Esto dando inicio a un juicio en contra de la madre y la escuela por ser cómplice de lo que parece interferencia parental. El juicio es relevante para identificar abundantes casos que se registran en México donde 9 de 10 divorcios terminan en disputas legales.
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Esto debido a las reiteradas faltas de la madre de la menor de no llevar a su hija a la escuela y las supuestas justificaciones de la tutora al cuidado provisional de la misma, es que el padre solicitó a un juez de lo familiar poner atención al respecto debido a que lleva años sin convivir sanamente con su hija.
Pues cabe destacar que cuando el infante no puede convivir con alguno de sus progenitores, después de algún trámite de divorcio, existen casos en los que las escuelas se convierten en cómplices al fomentar la obstrucción de vínculos, entre ellos, el no permitirle la entrada al colegio, privarlo de cualquier actividad escolar que involucre convivir con el niño.
En este caso se logró documentar no solamente la complicidad sino los actos discriminatorios en contra de una menor de edad a lo cual ya se puso freno. Esto derivó en la destitución de Karina “N”, la directora del Liceo Mexicano Japonés (LMJ).
El presidente de la organización de la sociedad civil MAAS Infancia Feliz A.C., Miguel Ángel Plata Mejía, aseveró que este es un caso de éxito que esperan que se repita en otras escuelas que abonan a obstruir los vínculos parento-filiales y adelantó que distintas organizaciones se alistan para manifestarse contra las escuelas que son parte del problema de “Interferencia Parental”.
Asimismo activistas de distintas asociaciones exigieron a la Secretaría de Educación Pública (SEP), poner atención en las faltas que tienen los alumnos, explorar las oportunidades de convivencia con los alumnos de manera presencial, virtual o como sea necesaria para que los menores no sean rehenes de un conflicto emocional de alguno progenitor que no permite las sanas convivencias.
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El también Consejero integrante del Consejo Consultivo del Sistema de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes en el Estado de México evidenció: “Es responsabilidad de todas las personas adultas proteger a los infantes y prevenir actos discriminatorios de las escuelas que atentan contra el sano desarrollo de la personalidad; es necesario alzar la voz a las autoridades educativas y a los tres órdenes de gobierno para garantizar y re dignificar los derechos de Educación de las Niñas, Niños y Adolescentes”.
GGA