La Consejería Jurídica de la Presidencia acusó a los ministros Luis María Aguilar Morales, Javier Laynez Potisek y Alberto Pérez Dayan de utilizar criterios políticos y no jurídicos al desechar el proyecto que proponía la suspensión que frenó la primera parte del Plan B de la reforma electoral y que impide su uso en las elecciones del Estado de México y Coahuila.
A través de un comunicado, el Ejecutivo consideró que Pérez Dayán debió excusarse de la votación ya que fue él quien ordenó suspender la aplicación del decreto que reforma las leyes generales de Comunicación Social y de Responsabilidades Administrativas.
La Ley Orgánica del Poder Judicial prohíbe a jueces, magistrados o ministros intervenir en asuntos en que ellos mismos participaron o emitieron la resolución cuestionada, “ya que su juicio será evidentemente parcial a favor de su criterio”.
“Dicha determinación exhibe la parcialidad y el criterio evidentemente político, que no jurídico, con el que se conducen algunos integrantes del alto tribunal, toda vez que la Ley Orgánica del Poder Judicial prohíbe a jueces, magistrados o ministros intervenir en asuntos en que ellos mismos participaron o emitieron la resolución cuestionada, ya que su juicio será evidentemente parcial a favor de su criterio.
"Es una cuestión de ética judicial que el ministro Pérez Dayán no observó, pues, al ser juez y parte, estaba obligado a excusarse para no participar en la votación de un asunto en el que se proponía revocar su resolución”, acusó la Consejería.
También criticó a Laynez Potisek por votar en contra de sus propios precedentes y ahora “ya no considera que la suspensión de normas generales constituye una prohibición expresa que no da lugar a interpretación alguna”.
Esta mañana, la ministra Loretta Ortiz Ahlf propuso en un proyecto para declarar fundado el recurso de reclamación y, en consecuencia, ordenaba revocar el acuerdo recurrido para el efecto de negar la suspensión solicitada al considerar que el artículo 64 de Ley Reglamentaria de las Fracciones I y II del Artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, prohíbe expresamente a los ministros de la Corte suspender los efectos de una norma general.
Sin embargo, acusó la presidencia, Aguilar Morales, Laynez Potisek y Pérez Dayán, “sin expresar razón alguna, votaron en contra del proyecto”.
Por tanto consideró que es necesario que los integrantes del Poder Judicial cumplan con el principio de imparcialidad, pues de lo contrario no existirá justicia. Además, tienen la obligación de actuar bien para que el pueblo pueda confiar en su labor.
“En conclusión, la ley dejó de ser la ley para algunos ministros, pues, con su actuar, vacían de contenido el artículo 64 de la Ley Reglamentaria y contravienen el mandato constitucional de cumplir y hacer cumplir las disposiciones que regulan los procedimientos constitucionales”, señaló.
JLMR