La industria de alimentos y bebidas ultra procesados manifestó su preocupación de que la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) inicie procesos sancionadores de incumplimiento cuando no ha publicado los lineamentos, la metodología, para reducir el uso de aceites hidrogenados y de grasas trans en la producción de sus productos, informó el abogado José Alberto Campos Vargas.
El pasado 20 de septiembre de 2023, el Gobierno federal informó sobre la entrada en vigor la disposición oficial de eliminar o reducir las grasas trans en la industria de alimentos y bebidas ultra procesadas con la finalidad de reducir hasta 50 mil decesos anuales.
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Las autoridades federales aseguraron contar con las herramientas jurídicas y legales para imponer sanciones económicas; asegurar y destruir productos, sustancias y objetos; desalojar o desocupar los edificios por violar la adición del artículo 216 Bis a la Ley General de Salud.
Sin embargo, los representantes legales de la industria de alimentos y bebidas altamente calórica argumentaron que es fecha de que la Cofepris no ha publicado el reglamento sobre cómo fabricar bebidas y alimentos sin usar aceites parcialmente hidrogenados, conocidos como grasas trans, para adicionar alimentos y bebidas no alcohólicas y, sobre todo, no rebasar los dos gramos del total de grasas en los procesos productivos.
"Esta plática la tenemos luego de que septiembre 2023 entró una serie de reformas a la Ley General de Salud que prohíbe los aceites hidrogenados y limita las grasas trans, ¿Qué ha pasado? ¿Por qué no se ha aplicado esa reforma?"
En la adición al artículo 216 Bis a la Ley General de Salud, explicó el abogado, existe esta prohibición del 98 por ciento de usar grasas trans en los ingredientes y en la producción de alimentos y bebidas, pero también dentro de los artículos transitorios se establece la obligación de las autoridades para emitir los lineamientos o las disposiciones reglamentarias a la modificación de este artículo.
“Esas modificaciones reglamentarias es lo que estábamos esperando porque aclarará lo que se debe de interpretar como limitante del dos por ciento, como algunas cuestiones técnicas de esa prohibición. Esas disposiciones reglamentarias que deben aclarar la interpretación del artículo están todavía pendientes de ser emitidas por la autoridad correspondiente, aun cuando ya se excedió el plazo para ello”, detalló en entrevista.
Al preguntarle sobre si los establecido en el artículo 216, de la Ley General de Salud, por sí solo no resulta tajante más allá de suposiciones, más allá de las rutas. Campos Vargas respondió que “es muy claro que es una prohibición” pero “lo que está pendiente es cómo llegar hasta un dos por ciento y esos es lo que está pendiente.
“La duda es ¿no lo puedo usar como ingrediente?, ¿no lo puedo usar como coadyuvante?, ¿no lo puedo usar dentro del proceso productivo? Es ese tipo de detalles, ese tipo de cuestiones técnicas, lo que está pendiente de que quede definido, generalmente, dentro de un reglamento o de una norma oficial mexicana, o en algún tipo de lineamiento hecho por la autoridad competente, en este caso sería Cofepris.
“Otro punto importante se relaciona la verificación de la implementación de esta ley. ¿Quién va a ser la autoridad encargada de la implementación y de esos procesos de verificación? Cofepris o será a través de la Procuraduría de Protección al Consumidor. Estos son los temas que están pendientes. (...) Estamos ante un tema de incumplimiento por parte de la autoridad de atender lo establecido en los artículos transitorios”.
Para la industria de alimentos y bebidas resulta grave ese incumplimiento de la autoridad porque debe planear y modificar su cadena logística, su producción, para cumplir con esa limitante. "Desgraciadamente es un incumplimiento a sus obligaciones, seguramente habrá cargas de trabajo considerables, seguramente no lo consideraban, no lo pensaron bien al momento de emitir esa modificación y cómo se debe de interpretar y aplicar esa ley”, aseveró.
Al preguntarle sobre la experiencia que ya tiene la industria en otros países para aplicar esos procesos y los motivos por los cuáles no los aplican en México, el especialista comentó que la ley no opera con vacíos legales.
Se le cuestionó por qué en Estados Unidos y en Canadá, esta misma industria fue más proactiva. “Se le conoce como la Ley Michelle Obama, ella propuso la eliminación de este tipo de productos, lo que tengo entendido es que no se aplicó de una forma tajante, se estableció de manera escalonada la modificación o el cambio de este tipo de productos.
“Y también se estableció que esa prohibición se diera de manera escalonada y se tenían listos esos temas de interpretación. Todo lo que esté encaminado a la protección del bien común, que es la salud, es eso un derecho humano, pero al mismo tiempo no cambias la ley o entra en vigor una disposición hasta que no tengas también esas reglas de interpretación
“Otro punto, es necesario una entrada en vigor de manera escalonada, no todas las empresas van a poder de la noche a la mañana, un periodo de seis meses no es suficiente para modificar el calendario logístico, o para determinar qué tipo de productos o qué debo como industria sustituir de mis ingredientes. Esa es la diferencia con Estados Unidos”, comentó.
El uso de grasas trans solo sirve para evitar que los productos ultra procesados duren más tiempo en los anaqueles de las tiendas, no se vuelvan rancios y también contribuyen a darle más sabor. Para el Gobierno federal estas medidas de conservación de vida de los productos resultan veneno para el consumidor al grado de causarle enfermedades crónicas.
“No es un veneno, pero es un producto que se ha demostrado hace muchos años tiene serias complicaciones en materia de salud. Está reconocido en la Organización Mundial de la Salud”.
También refirió que algunas empresas han hecho lo imposible por cumplir, de acatar la ley y que no todas consideran que el amparo sea la vía para buscar la suspensión de esa reglamentación prohibitiva.
“Muchas empresas están interesadas en cumplir con la disposición, pero cómo calculo el dos por ciento permitido de uso de grasas trans. La mayor parte de la industria establecida saben que le conviene cumplir con la ley, pero necesitamos la claridad de cómo cumplir en la ley”.
El temor, actual, es que comiencen procesos sancionadores, los cuales, hasta ahora, aclaró, no se han dado. “En nuestro caso no hemos tenido clientes que se encuentren en esta situación, no tengo conocimiento de que se hayan comenzado a dar verificaciones. Pero es muy probable que la autoridad empiece a hacer las verificaciones pronto".
"Al final del día es obligación, hacer ver que la ley se cumpla. Por eso pedimos que cumplan con lo que les compete que es publicar la reglamentación o lineamientos”, explicó.
JATS