Semana Santa ya está aquí y como ha pasado en los últimos años, cada que se acerca esta fecha, una parte de los creyentes católicos cuestionan por qué los no creyentes o quienes profesan otra religión disfrutan de las vacaciones si tiene un origen directamente religioso. Conoce que argumentos existen a favor y en contra de esta controversia.
Para entrar en esta polémica, primero hay que aclarar que ni el Jueves ni Viernes Santo ni el Sábado de Gloria son días de descanso obligatorio, pues la Ley Federal del Trabajo en su artículo 74 señala que: “Son días de descanso obligatorio: el 1º de enero; el primer lunes de febrero, en conmemoración del 5 de febrero; el tercer lunes de marzo, en conmemoración del 21 de marzo; el 1º de mayo; el 16 de septiembre; el tercer lunes de noviembre, en conmemoración del 20 de noviembre; el 1º de diciembre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal; el 25 de diciembre, y el que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral".
Entonces, es por uso y costumbre y considerando que, según el panorama de religiones en México publicado por el INEGI en 2010, cerca de 85 por ciento de la población mexicana profesa la religión católica que dichas fechas, consideradas para los creyentes como “días de guardar”, se marcan en el calendario como días de asueto de un "carácter público".
Ahondando en el tema, MILENIO conversó con la abogada Rafaela Sánchez Ramírez —quien, además, profesa la religión católica—, para saber el punto de vista de las leyes mexicanas con respecto a esta controversia.
“En realidad, esos días no están señalados como días de descanso obligatorio por la ley y depende del criterio de cada empresa respetarlos como feriados. Así que el que los días Jueves o Viernes Santos, o los días que le anteceden en esa misma semana, se concedan como días de asueto dependerá del criterio del empleador o de la institución en la que uno labore; pero la realidad es que, como están marcados en el calendario y por la tradición como feriados, aunque la ley no los marque como obligatorios, en general se conceden como días de descanso”, señaló la abogada.
“Algo similar sucede con el 12 de diciembre, que es una festividad religiosa que muchas empresas otorgan como un día feriado. Actualmente, los días de descanso son públicos, no religiosos. Y la ley es única y una sola, y no puede hacer distinciones por cuestiones religiosas; es decir, si alguien no es cristiano y por esa razón se le obligara a trabajar un día concedido como de descanso a los demás, se estaría cayendo en discriminación por cuestiones de credo, la cual está penado por la ley”, concluyó.
Como comentario al margen y desde su fe católica, la licenciada Sánchez señaló que “sólo las personas realmente comprometidas con su fe llevan a cabo los ritos y las tradiciones religiosas, propias de estos días tan importantes en la liturgia católica; quienes no lo son, sólo se van de fiesta, a la playa, de paseo o descansan en su casa. Pero eso es una cuestión individual y cada quien decide qué hacer en esos días, sea uno creyente o no”.
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