La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a Carlos Luis Iglesias, hermano del cantante Julio Iglesias, a seis meses de prisión y a abonar cerca de 30 millones de euros (561 millones 429 mil pesos mexicanos) en concepto de multa e indemnización por un delito contra la Hacienda Pública.
En una sentencia, la Audiencia considera probado que el acusado, en su calidad de gerente de Rolimpa Trading Corporation, no efectuó declaración o ingreso tributario alguno por la venta en 2001 por parte de esta sociedad de tres solares en la cantidad de más de 46 millones de euros, que previamente había adquirido en 1989 por algo más de 600.000 euros.
Carlos Luis Iglesias es condenado también a cuatro años de pérdida de la posibilidad de percibir subvenciones o ayudas públicas y al derecho de gozar de los beneficios o incentivos fiscales o de la Seguridad Social.
Un fraude de casi 20 millones de euros
Los magistrados consideran que “de los informes periciales queda acreditado que Rolimpa Trading Corporation debía haber declarado a la Agencia Tributaria española por el impuesto de sociedades los beneficios obtenidos con la venta de los terrenos”.
Añaden que “la falta de declaración e ingreso supuso un fraude a la Hacienda Pública de 19.624.655 euros”, cantidad que dio lugar a un “beneficio económico ilícito para Carlos Luis Iglesias en cuyo patrimonio ingresó” y que tendrá que devolver a Hacienda más los intereses de demora.
La resolución declara a Rolimpa Trading Corporation responsable civil subsidiaria en caso de impago por parte del condenado.
Explica que las cooperativas que adquirieron los terrenos vendidos por esta sociedad abonaron el precio de compra en una cuenta de un banco de Panamá de otra corporación en la que estaba autorizado Carlos Luis Iglesias.
Carlos Luis Iglesias “tomaba las decisiones”
Añade que Rolimpa, sociedad constituida en Panamá en 1984, tenía su inmovilizado en España, por lo que debería haber pagado por el impuesto de sociedades de 2001 la referida cantidad de 19.624.655 euros y aclara que el hecho de que no se tenga el domicilio fiscal en territorio español no significa exención de tributar en él.
“De dicha obligación responde Carlos Luis Iglesias, gerente de Rolimpa, que era quien tomaba las decisiones”, explica la sentencia, que agrega que para ocultar su identidad como obligado tributario utilizó empresas interpuestas, un paraíso fiscal como era Panamá en aquella época e instrumentos fiduciarios.
La sentencia, contra la que cabe presentar recurso, impone la pena referida al acusado tras aplicar la circunstancia atenuante de dilaciones indebidas en la tramitación del procedimiento.
KVS