Sanciones más altas a quienes suben el volumen de sus aparatos de sonido, una de las quejas más comunes en Coahuila durante la pandemia por covid-19, podrían concretarse de aprobarse una iniciativa para reformar la ley en la materia, presentada estén día en el Congreso del Estado, y que retoma el arresto administrativo ya contemplado en la ley.
El diputado Jaime Bueno Zertuche, de la Fracción Parlamentaria del Partido Revolucionario Institucional, presentó la Iniciativa con Proyecto de Decreto, que reforma y adiciona diversas disposiciones a la Ley para Combatir el Ruido en el Estado.
El objetivo es reforzar las atribuciones y sanciones que aplican las autoridades estatales y municipales, en materia de contaminación de ruido, por personas físicas en casa habitación o propiedad privada, sin giro comercial.
La propuesta otorga facultades a la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Urbano del Estado, para imponer las sanciones que procedan por la comisión de infracciones, conforme a las disposiciones aplicables; y a los ayuntamientos, para sancionar en el ámbito de su competencia.
“La realización de actividades ruidosas, así como las emisiones provenientes de aparatos de sonido instalados en casa habitación, en establecimientos públicos o privados, o en unidades móviles, que rebasen los límites permitidos por las normas mexicanas”.
Se define también la infracción cometida en particular en casa habitación o propiedad privada, sin giro comercial, al momento de que la autoridad municipal reciba una queja o denuncia de forma anónima, por escrito o de manera telefónica.
“Actualmente el Municipio de Saltillo, atiende mediante la policía ambiental las llamadas de los particulares; los cuales manifiestan la problemática de ruido excesivo ya sea fijo u ocasional sobre todo los fines de semana y los cuales exceden el límite de decibeles permitido y con ello perjudican la tranquilidad de su desarrollo y bienestar dentro de su propio hogar e inclusive perjudicando quizás su propia salud física o emocional”, destaca la propuesta en sus considerandos.
El mecanismo propuesto consiste en que una vez recibida la queja o denuncia, la autoridad municipal acudirá al domicilio señalado por los particulares agraviados, entregando una amonestación por escrito al particular, y de no cesar el ruido en un plazo de 30 minutos después u una vez que sea reportado nuevamente, la autoridad municipal regresará al domicilio amonestado entregando un citatorio para que la persona acuda ante el juez calificador, quien le determinará el monto de la multa a que se ha hecho acreedor.
“Cuando la autoridad municipal encuentre en flagrancia al particular en casa habitación o propiedad privada sin giro comercial el ruido excesivo, aplicará la multa correspondiente, así mismo establecimos en caso de reincidencia y una vez que ya se cubrió la amonestación y la multa correspondiente y se continúa con la emisión de ruido excesivo, podrán hacerse acreedores de un arresto administrativo hasta por 36 horas, el cual también ya se encontraba establecido en el artículo 19 inciso D de la propia Ley para Combatir el Ruido en el Estado”, subraya.
EGO