Tanto empresas como trabajadores se pueden beneficiar de la flexibilidad laboral; es decir, esquemas de trabajo mixtos entre casa y oficina gracias a la entrada en vigor, el 5 de diciembre, de la NOM 037 que regula el home office, pero ¿conoces tus derechos y obligaciones para trabajar en casa? Si no los conoces, aquí te los decimos.
La consultora Mercer Marsh, a través de su Estudio de Beneficios 2023 mostró algunas cifras al respecto, pues indicó que las empresas buscan incentivar el regreso a la oficina, para lo que implementan estrategias como:
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Horarios flexibles que han sido implementados al 71 por ciento en las empresas, remodelación de espacios de trabajo que han aplicado 49 por ciento y prácticas dinámicas se han visto en 22 por ciento de las empresas.
Sin embargo, el regreso presencial no es seguro por lo que 7 de cada 10 empresas en México cuentan con una práctica de trabajo a distancia; el 91 por ciento piensa mantenerla con promedio de 2 días de trabajo remoto por semana.
Además, 42 por ciento de organismos otorgan algún tipo de subsidios: el 27 por ciento a través de tarjetas de vales y 73 por ciento mediante nómina, además 87 por ciento ofrece una cantidad fija, mientras que el 13 por ciento contribuye al pago de servicios o adquisición de material de oficina, pero ante la entrada en vigor de la NOM 037 ¿qué podemos esperar?
Obligaciones de empresas por home office
Empecemos por conocer a qué están obligadas las empresas para generar un buen desempeño laboral de sus empleados, lo primero que deben cumplir es, tener un listado de colaboradores actualizado que estén en teletrabajo, conocido también como home office, además de acordar las condiciones mínimas que debe tener el lugar desde donde se va a laborar.
Otro punto importante que debe cumplir la empresa para la que laboras es con una política de trabajo a distancia y difundirla debe contener entre otros, la prevención de riesgos, perspectiva de género, conciliar vida personal, evitar el aislamiento, igualdad de derechos, información sobre riesgos que conlleva trabajar en home office, entre otros.
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También está obligada a documentar el proceso de implementación del home office, describiendo el canal de comunicación, la manera en la que va a supervisar, las causas para asistir presencialmente a la empresa, entre otros, además debe entregar herramientas e insumos para desempeñar el trabajo como puede ser una silla ergonómica, equipo y aditamentos para garantizar condiciones saludables.
Las empresas deben documentar y comunicar los programas de mantenimiento a sus equipos de trabajo para el manejo de tecnología, así como capacitar sobre esta modalidad y sus condiciones de seguridad y salud a los empleados, además de dar seguimiento a los accidentes sufridos y reportados.
Otras obligaciones del empleador implican citar a trabajo presencial cuando el trabajador informe sobre condiciones o alteraciones que justifiquen el cambio, compartir la documentación con las instancias que así lo requieran (listas del personal en teletrabajo o de verificación de las condiciones, evidencia fotográfica y aquella que compruebe la entrega del equipo), además de contar con canales de atención para casos de violencia familiar.
Obligaciones de empleados en home office
Sin embargo no solo los patrones están obligados a cumplir con esta NOM, también los trabajadores deben acatarla, pues de acuerdo con la información de la Secretaría del Trabajo, los empleados están obligados a aplicar las medidas de prevención y control dispuestas en la norma y/o por el patrón, con el fin de controlar factores de riesgo psicosocial y contribuir a un ambiente propicio, libre de violencia laboral.
Si eres un trabajador en home office debes acudir a la aplicación de los exámenes médicos y evaluaciones psicológicas, determinadas en la normatividad de la Secretaría de Salud y/o la Secretaría del Trabajo, así como los que indique la institución de seguridad social o privada, o el médico, psicólogo o psiquiatra de la empresa.
También debes asistir a los eventos de información promocionados por el patrón y avisar por escrito haber presenciado o sufrido un evento traumático severo, directamente al patrón, o través de los servicios preventivos de seguridad y salud en el trabajo o de la Comisión de Seguridad e Higiene.
Entra en vigor NOM 037
También estás obligado a informar sobre prácticas opuestas al entorno organizacional favorable y denunciar actos de violencia laboral, utilizando los mecanismos que establezca el patrón y/o a través de la Comisión de Seguridad e Higiene.
Otra de las obligaciones más importantes de los empleados es colaborar en la detección de riesgos psicosociales y en la evaluación del entorno organizacional y evitar realizar prácticas contrarias o actos de violencia laboral.
GGA