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¿CUÁNTO me deben pagar de UTILIDADES en 2025?

Las utilidades son un derecho constitucional para los trabajadores.

Yareli Rafael
Ciudad de México /

El reparto de utilidades es un derecho constitucional que permite a los trabajadores recibir una parte de las ganancias de la empresa o patrón y se otorgan año con años. A continuación, te explicamos cómo calcularlo y qué aspectos debes considerar.

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¿Cómo saber cuánto me deben pagar de utilidades?

De acuerdo con la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) y Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo el reparto de utilidades se hace bajo los siguientes puntos:
  1. Para empezar, es el 10 por ciento de las utilidades netas de la empresa lo que se reparte entre los empleados de dos maneras posibles, que se explican en los siguientes puntos.
  2. La primera mitad se distribuye de manera igual entre todos los trabajadores según los días laborados en el año, sin importar el salario.
  3. La segunda mitad se reparte proporcionalmente al salario percibido.

Salario usado para el cálculo de utilidades

Para calcular el reparto de utilidades se considera solo el salario diario en efectivo, sin incluir bonos, horas extras o gratificaciones.

Sin embargo, en los casos en los que el salario es variable, se usa el promedio de ingresos anuales.

Para trabajadores considerados de confianza, el salario para cálculo será un 20 por ciento más que el del trabajador sindicalizado.

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social explica como se asignan las utilidades. | Cuartoscuro

¿Quiénes pueden recibir el pago?

Los trabajadores que:

  • Hayan laborado al menos 60 días en el año correspondiente.
  • Formen parte de empresas con utilidades netas de 300 mil pesos o más.
  • Laboren en empresas con más de un año en funcionamiento.
  • Hayan tenido un contrato por obra determinada o ya no trabajen en la empresa, siempre que cumplan con los requisitos anteriores.

¿Qué días cuentan como laborados?

Además de los días efectivamente trabajados, se consideran:

  • Incapacidades temporales por riesgo de trabajo.
  • Periodos prenatales y postnatales.
  • Días festivos, descanso semanal y vacaciones.
  • Permisos con goce de sueldo.

¿Quiénes no pueden recibirlas?

No aplica para:

  • Trabajadores domésticos.
  • Directores, administradores y gerentes generales.
  • Profesionistas, artesanos y técnicos contratados por honorarios.
  • Empresas de nueva creación en su primer año de operación.
  • Empresas con capital menor al fijado por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social para su sector.
  • Instituciones de asistencia privada sin fines de lucro.

¿Quién protege el pago de utilidades?

La Ley Federal del Trabajo establece que:

  • El pago debe ser en moneda de curso legal.
  • Es un derecho irrenunciable.
  • No puede ser compensado con otros pagos.
  • Debe realizarse directamente al trabajador.
  • No se permite la cesión de utilidades a terceros.
Todos los trabajadores tienen derecho a participar en las utilidades. | Cuartoscuro

Los artículos que hablan sobre esto y que velan por este derecho son el artículo 98 y los que le siguen, mientras que el artículo 130 recalca esto: "Las cantidades que correspondan a los trabajadores por concepto de utilidades, quedan protegidas por las normas contenidas en los artículos 98 y siguientes”.

Si no recibes tus utilidades o el pago es incompleto, tienes un año desde la fecha límite de pago para reclamarlo, pues si tu patrón no las brinda, puede enfrentar una multa que va de 50 a 5 mil salarios mínimos, según la Ley Federal del Trabajo.

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