Por: Walid Tijerina
Ilustración: Víctor Solís, cortesía de Nexos
La doctrina Calvo se constituyó en la región de América Latina como un conjunto de directrices que regulaban la jurisdicción que tienen gobiernos o Estados receptores sobre los extranjeros y el alcance de protección que estos últimos pueden tener por parte de sus Estados de origen. Dicha doctrina fue propuesta por el jurista argentino Carlos Calvo en 1868, quien buscó promover la soberanía e igualdad de naciones en materia de indemnizaciones y capital extranjero, al postular que las reglas respecto a la jurisdicción que tiene un país sobre los extranjeros deben aplicarse por igual a todas las naciones. Calvo postuló, además, que los extranjeros que tuvieran propiedades en Estados latinoamericanos y que tuvieran reclamaciones contra los gobiernos de la región debían buscar reparaciones en el mismo sistema jurisdiccional de los Estados receptores; es decir, mediante tribunales domésticos, sin tener que solicitar o buscar la intervención diplomática o armada de sus países de origen.