Por: Víctor López Velarde Santibáñez
Ilustración: Estelí Meza, cortesía de Nexos
La sentencia considera que toda vez que éstas repercuten en una expansión hacia los derechos de acceso a la información y libertad de expresión, no se debería propiciar un cambio hacia la manera en que se conciben estos derechos o la manera en que se protegen estos, pues las mismas reglas del “mundo real” deben operar en el “mundo digital”. Twitter, en concreto, se trata de una red social que además de funcionar como fuente de información para sus usuarios, permite que la comunidad digital se sume al debate generando así un ejercicio de pluralidad democrática en el que se debaten y monitorean asuntos de interés público.