Aprueban dictamen de la ley de declaración especial de ausencia en Edomex

Se reforman seis leyes para emitir declaratorias de ausencia en menor tiempo y sin tanta burocracia con el fin de salvaguardar los derechos de los afectados.

La propuesta de Karina Labastida Sotelo, de Morena, busca terminar con la incertidumbre de las familias de personas desaparecidas. (Especial)
Claudia Hidalgo
Toluca /

Las comisiones legislativas de Procuración y Administración de Justicia y la que da seguimiento a las Declaratorias de Alerta, en el Congreso mexiquense, aprobaron el dictamen que crea la ley de Declaración Especial de Ausencia para Personas Desaparecidas en el Estado de México, con el fin de poder garantizar los derechos de las víctimas directas en indirectas.

Con esta nueva norma se invalida la Ley para la Declaración de Ausencia por Desaparición de Personas del Estado de México y en su lugar se expide esta nueva norma, con la cual se reforman seis leyes más para poder emitir declaratorias de ausencia en menor tiempo, sin tanta burocracia, con el fin de salvaguardar lo antes posible los derechos de las personas afectadas.

La propuesta de Karina Labastida Sotelo, de la bancada de Morena, busca terminar con la incertidumbre de las familias de personas desaparecidas porque actualmente pasan años para que se pueda reconocer la ausencia de una persona, ya que la primera declaratoria se da a los seis meses y la definitiva hasta que se logran acreditar varios trámites.

Esto implica que los hijos de una persona desaparecida no puedan cobrar pensión, no puedan hacer uso de sus inmuebles, pero sí son sujetos de embargos, cobros e intereses y la víctima pierde sus derechos laborales, aunado a que los servicios tienen un costo y las familias no tienen como cubrirlo.

Con este dictamen, que falta pasar por el pleno legislativo para su votación, se incorporan principios diversos como es la gratuidad de los servicios, igualdad, visión de género y se pone especial atención en el interés superior de la niñez.

Define tres meses como plazo para la desaparición de ausencia, la cual arranca desde el momento que se interpuso la denuncia, para desde ahí garantizar los derechos de guarda y custodia de los menores de edad, se establecen los plazos para que las personas puedan acceder al patrimonio de las desparecidas, se suspenden procesos en su contra de la desaparecida, se permite acreditar a un representante legal, se vigila que los menores reciban las prestaciones que corresponden a sus padres.

Además, hace énfasis en que la declaración de ausencia no es causa para que prescriban delitos, se protege derechos laborales, se da continuidad a su búsqueda, se obliga a hacer las inscripciones correspondientes en el Registro Civil y se garantiza un traductor a quien no hable español o facilidades si tiene alguna discapacidad.

Carlos Garnica Encarnación, en representación de la Comisión de Búsqueda de Personas Desaparecidas de la entidad, reconoció el avance con esta ley y su apego a normas nacionales e internacionales, tomando en cuenta la perspectiva de género, los derechos de los menores, presunción de vida y máxima protección; todo con una visión progresista que permitirá tener más avances.

La diputada enfatizó que en esta iniciativa participaron y fueron consultados diversos colectivos, autoridades vinculadas al tema, así como especialistas para conformar una ley de mayor alcance para quienes sufren el dolor de perder a un familiar.

MMCF

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