El gobierno de Puebla dio un plazo de 60 días naturales a los 217 ayuntamientos para que formen sus células de búsqueda municipales, con carácter de obligatorio, ya que serán el primer contacto para recibir denuncias y alertas de personas desaparecidas o no localizadas en los territorios.
MULTIMEDIOS Puebla consultó el acuerdo del Sistema Estatal de Búsqueda de Personas publicado en el Periódico Oficial del Estado (POE), en el que se estipularon los 13 artículos para la conformación y funcionamiento de estos organismos.
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"Las células de búsqueda municipales son grupos integrados por elementos de seguridad pública y personas servidoras públicas municipales, que deberán garantizar la disponibilidad inmediata de personal capacitados y especializados", se indicó en el documento.
Cada uno de los 217 municipios deberá integrar una célula, sumando personal de la policía local y administrativos del ayuntamiento "para atender de manera reactiva e inmediata la desaparición de personas, por medio de comunicación a través de aplicaciones multimedia en teléfonos móviles y medios electrónicos".
La célula municipal será coordinada por la Comisión de Búsqueda de Personas del Estado de Puebla (Cbpep) y los funcionarios seleccionados serán especializados en la aplicación del Protocolo Homologado de Búsqueda de Personas Desaparecidas y No Localizadas, el Protocolo Homologado de Investigación para los Delitos de Desaparición Forzada de Personas Cometidas por Particulares, el Protocolo Adicional para la Búsqueda de Niñas, Niños y Adolescentes, el Protocolo Alba y demás instrumentos normativos en la materia.
"Siempre debe estar garantizada la disponibilidad del personal de la célula de búsqueda municipal, tanto para iniciar la búsqueda inmediata, como para atender las solicitudes de apoyo realizadas por la Fiscalía Especializada en Investigación de los Delitos de Desaparición Forzada de Personas y Desaparición cometida por Particulares, los grupos de apoyo (colectivos y familiares) y la Cbpep", se dictó en el acuerdo.
¿Cómo serán los reportes de las células?
El acuerdo sobre la formación de las células de búsqueda municipales indica que el personal tendrá la obligación de generar reportes sobre personas desaparecidas o no localizadas, los cuales tendrán hasta 15 datos diferentes:
a. Número de reporte;
b. Nombre de la víctima;
c. Edad;
d. Género;
e. Estado civil;
f. Ocupación;
g. Fecha de desaparición;
h. Municipio o lugar de la desaparición;
i. Si se encuentra localizada o no;
j. Si se encuentra con vida o no;
k. Lugar y fecha de la localización;
l. Si se realizó alguna denuncia ante la Fiscalía Especializada y su número;
m. Canalización y seguimiento;
n. Motivo de la desaparición, y
o. Observaciones.
AAC