AMLO no puede someter a Poder Judicial para bajar salarios: juez

Ley de remuneraciones

Fernando Silva García otorgó una suspensión a dos juzgadores que impugnaron la ley de remuneraciones y dijo que el presidente no debe ser la encarnación de la soberanía popular.

El juez Fernando Silva García dijo que el Presidente no ha sido votado para sobreponerse al sistema democrático constitucional. (Especial)
Rubén Mosso
Ciudad de México /

Un juez federal señaló que el presidente que resulta electo en un contexto de democracia es un mandatario y no la encarnación de la soberanía popular, ya que ha sido electo, no como el soberano, sino para representar a un Poder Ejecutivo acotado dentro de un Estado Constitucional.

Fernando Silva García, quien ayer rindió protesta como magistrado federal, otorgó una suspensión a dos juzgadores que impugnaron la Ley Federal de Remuneraciones de Servidores Públicos, donde deja claro que el Poder Ejecutivo no puede someter al Poder Judicial para disminuir sus salarios

En su acuerdo, que resolvió en funciones de juez como titular del juzgado Octavo de Distrito en Materia Administrativa con sede en la Ciudad de México, puntualizó: 

“…debe recordarse que las elecciones presidenciales se celebran siempre en el contexto de una democracia constitucional, de manera que el presidente que resulta electo es un mandatario y no la encarnación de la soberanía popular, ya que ha sido electo –no como el soberano-, sino para representar a un Poder Ejecutivo acotado dentro de un Estado Constitucional de Derecho; el presidente electo no ha sido votado para sobreponerse al sistema democrático constitucional, sino para gobernar dentro de sus presupuestos, reglas y principios: el Presidente no es una figura para-constitucional, sino un poder supeditado a la Constitución”. 

El acuerdo se emitió dentro del conflicto que ha desatado la mencionada ley, con la que el presidente de la República Andrés Manuel Lopez Obrador busca obligar que nadie gane más que él, es decir, más de 108 mil pesos. 

“…el principio democrático y de división de poderes derivados de los artículos 39, 40, 41 y 49 de la Norma Suprema impiden que bajo la finalidad legítima de la austeridad económica se diseñen esquemas legislativos que produzcan de facto o de iure la subordinación del Poder Judicial a los otros Poderes Ejecutivo o Legislativo dentro del Estado”, añadió. 

El magistrado quien es hijo del ministro en retiro Juan Silva Meza, ex presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, uno los constitucionalistas progresistas, enfatizó que los servidores públicos tienen no sólo la facultad, sino la obligación de analizar constantemente el uso, destino y eficacia de los recursos públicos que manejan y, en su caso, hacer los ajustes que sean necesarios a efecto de que puedan ser ejercidos de una mejor manera que ayude a salvaguardar no sólo el funcionamiento estatal y la rendición de cuentas, sino la redistribución de la riqueza que abone a un mejoramiento continuo de las condiciones en las que la sociedad se desenvuelve. 

“En esa tesitura es dable concluir que si existen condiciones económicas que así lo ameriten y lo justifiquen, se deben, incluso, disminuir –reajustar- los salarios de los titulares de los Poderes de la Unión. Sin embargo, dichos ajustes deben de obedecer a circunstancias fácticas reales y a razones objetivas y justificadas que busquen el mejoramiento del servicio público y la rendición de cuentas por parte de todos los que conforman esa función pública –la conjunción de los tres Poderes de la Unión-; más no deben, en ningún caso, ser de tal envergadura que diluyan esas remuneraciones en su contenido esencial, en forma intempestiva y arbitraria, ni devenir de cuestiones subjetivas o ideológicas realizadas de manera unilateral, pues dichas medidas deben de tomarse de manera coordinada entre todos los poderes que conforman nuestro sistema constitucional”, añadió. 

Dejó claro que así como el Poder Judicial no debe imponer la remuneración del Poder Legislativo o del Poder Ejecutivo, de la misma forma el presidente u otro poder en forma unilateral no debe imponerse frente al Poder Judicial para controlar su administración y menos las remuneraciones de los juzgadores.   

“Cuestión que cobra relevancia si se toma en cuenta que los jueces resuelven asuntos a favor o en contra del Ejecutivo y del Legislativo, de allí que esos Poderes no deben ubicarse nunca como “patrones” de los jueces; de lo contrario los “jueces-empleados” del Presidente no se encontrarían en la posición de neutralidad que los ciudadanos necesitan para que el gobierno respete en forma efectiva sus derechos y libertades”, apuntó.

VJCM

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