La Presidenta de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), María del Rosario Piedra Ibarra, promovió ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) una acción de inconstitucionalidad en contra la reforma a la Ley de Salud para el Estado de Hidalgo en materia indígena aprobada por el Congreso del estado y publicada por el gobierno estatal en marzo.
La reforma a Ley de Salud establece que en los hospitales generales y regionales que traten población indígena se deberá garantizar de manera progresiva la asistencia de cuando menos un traductor de las lenguas náhuatl, hñahñu, otomí, tepehua, tenek y pame dentro de las áreas de atención médica y trabajo social que tenga conocimiento de su lengua y cultura, conforme a la población indígena que se atienda, a fin de que las personas indígenas que no hablen suficientemente el español puedan recibir la atención que requieren de manera óptima.
Sin embargo, la Presidenta de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos advirtió que no se tomó en consideración que Hidalgo puede albergar a personas indígenas que hablan alguna lengua distinta al náhuatl, hñahñu, otomí, tepehua, tenek y pame.
Mencionó que también existen lenguas como el zapoteco que se habla en Almoloya y Tula de Allende; mixteco en Atotonilco de Tula; y mazateco en Villa de Tezontepec, al tiempo de enfatizar que no debe ignorarse que puedan existir personas que hablen otras lenguas indígenas pero que por más minoritarias que sean deben ser visibilizadas.
Señaló que la reforma a la ley tiene por efecto invisibilizar a otros pueblos o comunidades originarios que forman parte de la diversidad étnica y cultural en México.
Consecuentemente, enfatizó, la disposición resulta discriminatoria y contraria al derecho de igualdad y a la protección de sus derechos lingüísticos ya que realiza distinciones injustificadas entre las personas indígenas en razón de la lengua que hablan, lo cual, adicionalmente, obstaculiza que accedan a la información relacionada con el ejercicio de su derecho a la salud, ya que no les será proporcionada en su lengua natal.
Piedra Ibarra estimó que la reforma viola los derechos a la igualdad y no discriminación, a la salud, a ser informado en materia de salud, a la identidad cultural, los derechos lingüísticos y la obligación del Estado de respetar y garantizar los derechos humanos.
Además de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Convención Americana sobre Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, el Protocolo adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales “Protocolo de San Salvador” y el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes.
La reforma a la Ley de Salud para el Estado de Hidalgo fue aprobada el pasado 14 de marzo por los diputados locales con 21 votos a favor, dictaminada por la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales que encabeza el presidente Robert Rico Ruiz y presentada por los legisladores Silvia Sánchez García y Rodrigo Castillo Martínez, posteriormente fue publicada por el gobierno estatal en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo (POEH).