¿Te suena atractivo? Si al postularte a una vacante la empresa te ofrece prestaciones superiores a las de la ley, pero no tienes idea de cuáles son los beneficios a los que está obligada a darte la compañía para saber si esto te podría motivar más y sentirte satisfecho en tu nuevo empleo. MILENIO consultó a expertos para responder a éstas y otras posibles dudas.
¿Qué son las prestaciones de ley?Son aquellos beneficios que tienes al ingresar a un vínculo laboral. Son totalmente independientes al salario; si trabajas para una persona moral o física y tu trabajo es subordinado, es decir, que tienes una hora de entrada y una hora de salida, refiere OCCMundial.
En entrevista, el contador Armando Gutiérrez, del despacho Gutiérrez Cervantes Contadores, refirió que existen 12 puntos importantes de prestaciones que se manejan en la Ley Federal del Trabajo. Sin embargo, no en todas se puede mejorar lo ya establecido por la ley.
“Puede ser muy tentador cuando te dicen prestaciones superiores y a lo mejor es lo mínimo o no es tanto lo que te ofrecen”, consideró.
Por su parte, Jaime Bustamante, director legal de ManpowerGroup, refirió que incluso antes de la pandemia del covid-19, las empresas han utilizado el otorgamiento de más beneficios a sus empleados como una forma de atraer al mejor talento.
“Los empleadores, los patrones, tienen la necesidad de atraer al mejor talento posible y un mecanismo a través del cual se vuelven más atractivos, es precisamente a través del otorgamiento de prestaciones que superan los beneficios o prestaciones legales establecidas, son elementos que se usan como estrategia”, consideró.
Más días de vacaciones
Sin embargo, la ley no impide incrementar el número de días de vacaciones. Un punto que puede ser aprovechado por los corporativos.
“Un mayor número de días de vacaciones (respecto al mínimo establecido en la ley) por cada año de prestación de servicios, así como un porcentaje de prima vacacional e introducir una prima de antigüedad o algún pago adicional en el aguinaldo que fuera más atractiva. Nada impide que los contratos o convenios puedan establecer algún paquete de prestaciones superior a lo que establece la ley”, dijo Bustamante.
“Ofrecer dos días más de vacaciones al inicio, es una prestación superior a la ley, pues lo que obliga es a que sean 6 días de vacaciones en este primer año", dijo por su parte Armando Gutiérrez.
De acuerdo con el abogado, también existen pueden ofrecer 100 por ciento de prima vacacional.
"¿Qué quiere decir esto?, que si te tocan 6 días, te pueden tocar 6 días más por prima vacacional. Cualquier maniobra que modifique el porcentaje de ley, del 25 por ciento sobre las vacaciones, será un beneficio superior a lo que marca la Ley Federal del Trabajo”, dijo.
En relación al aguinaldo, Gutiérrez sostuvo que “todo lo adicional que se pague, serían prestaciones superiores a la ley. Hay casos que se pagan 20 a 30 días de aguinaldo, o bien, casos esporádicos en los que pagan hasta 70 días, pero se dan más en el servicio público”.
Seguros de vida, gastos médicos y vales
Según con el experto de ManpowerGroup, existen prestaciones de carácter social como son las de maternidad, lactancia, y las recién aprobadas por la ley, las de paternidad, en donde caben también los vales de despensa, que incrementan la capacidad de compra del trabajador o el otorgamiento de seguros de vida, de gastos médicos mayores o seguros de gastos médicos menores, donde la empresa absorbe de manera importante en su costo.
Este tipo de prestaciones, los vales de despensa, los seguros de vida y de gastos médicos mayores o menores pueden ser parte de un sistemas de beneficios flexibles, los cuales son una tendencia mayor donde el trabajador tiene la opción de elegir una o más de las que están establecidas de acuerdo a su situación de vida.
Jaime Bustamante recordó que en este punto las necesidades de un trabajador de 25 años serán diferentes a las de uno de 40 años.
“Los sistemas flexibles de prestaciones han venido a ser una herramienta importante para satisfacer las necesidades de un trabajador, mantener la atracción del talento para las empresas, y que además, no rompa un equilibrio económico para las compañías”, indicó.
Maternidad
La licencia de maternidad, detalló Gutiérrez, se refiere a una incapacidad que otorga el Seguro Social, con la cual las mujeres tienen derecho a seis semanas previas y seis semanas de descanso posteriores al embarazo, con goce de sueldo.
“Hay una adicional, independientemente de lo que te otorga el IMSS, en lo que te pueden dar algunos días más, que si bien es atractivo, si no estás en un plan de tener hijos, este beneficio en el corto plazo no sería relevante”, dijo.
Lo mismo pasa con el periodo de lactancia y la adopción, aseguró.
MRA