El 31 de enero vence el plazo para que las y los magistrados puedan renunciar a su cargo y a la posibilidad de participar en las elecciones de junio, para que puedan tramitar su haber de retiro proporcional al tiempo que laboraron, el cual será analizado por la Legislatura mexiquense, como ocurre con cinco casos que ya se analizan en comisiones legislativas.
La legislación actual contempla la posibilidad de que las y los magistrados que concluyen su cargo, luego de 15 años, puedan acceder a un haber retiro por seis años que les permite cobrar un salario, igual al que tenían cuando estaban activos, pero ya sin prestar sus servicios al Tribunal Superior de Justicia, el cual es de 136 mil pesos en forma neta.
El consejero Jurídico del Poder Ejecutivo, Jesús George Zamora, puntualizó que la reforma constitucional establece la oportunidad de renunciar y todavía obtener sus haber de retiro, siempre que se haga de manera previa al inicio de la convocatoria de quienes van a las urnas en junio del siguiente año.
La fecha exacta se conocerá hasta que se aprueben las reformas electorales, que deberán ser a mediados de enero.
“Eso lo conoceremos hasta que se apruebe el Código Electoral y seguramente en la segunda quincena de enero ya es cuando tendremos fechas precisas y en esas fechas serán aproximadamente enero, máximo el 31 de enero, donde podrán los magistrados o jueces presentar sus renuncias correspondientes para que puedan separarse del cargo con efectos a partir de junio del 2025” acotó.
Los espacios que dejen vacantes son los que serán ocupados por quienes sean electos o electas por medio de las urnas y después de todo el proceso que se señala de presentar su aspiración, ser avalado por algún comité de selección y salir en la tómbola para llegar a la boleta electoral y poder ser votado.
Actualmente la Ley Orgánica del PJEM establece que al finalizar su encargo los magistrados gozarán de un haber de retiro equivalente, durante el primer año al 100 por ciento del sueldo neto que obtenían cuando estaban activos y de 80 por ciento en los siguientes cinco años.
Del monto total que tengan derecho se deberá reducir en su caso aquel que reciban por parte del ISSEMYM y la prestación será otorgada siempre y cuando el magistrado haya concluido su periodo de nombramiento o bien cuando haya ejercido 10 años como magistrado y tenga más de 25 años al servicio del Estado o más de 70 años de edad.
El desempeño laboral en cualquier otra instancia de gobierno generará la suspensión de esta prestación salvo la actividad docente. Actualmente hay varias personas que cobran haber de retiro, luego que concluyeron sus funciones.
Se espera que lleguen al Congreso al menos 10 renuncias más de magistrados y magistradas que no buscan ir a elecciones para tratar de quedarse en el cargo por el plazo que establece la nueva ley, la cual está en espera de los vistos buenos de los ayuntamientos para ser considerada constitucional.
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