La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó aplazar la votación de tres acciones de inconstitucionalidad hasta que regresen dos ministros que no acudieron a la sesión.
Ya que sin su votó quedarían vigentes diversos temas de los cuales ya se ha establecido que son inconstitucionales, y de no esperarlos se podría afectar a alguna entidad federativa.
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¿Qué pasó en el Pleno?
El lunes 17 de febrero, la presidenta de la SCJN, Norma Piña Hernández, y el ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, no asistieron, el último de ellos por encontrarse en una comisión.
Las acciones de inconstitucionalidad fueron promovidas por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) e impugnan diversas porciones normativas de la Ley Orgánica de la Universidad Intercultural de Jalisco.
Además de la Ley número 197 para la Inclusión y Desarrollo de las Personas con Discapacidad o en Situación de Discapacidad del Estado de Sonora y la Ley de Fiscalización Superior del Estado de San Luis Potosí.
Por esta razón, el ministro presidente en funciones, Alberto Pérez Dayán, propuso que en temas con precedentes del máximo tribunal de justicia, en los que no estén presentes todos los ministros, se deberá aplazar la votación para no dejar vigentes temas que han sido invalidados.
Ministra pide aplazar discusión
Lo anterior, derivó porque la ministra Margarita Ríos Farjat pidió aplazar la resolución sobre el tema de la Ley Orgánica de la Universidad Intercultural de Jalisco.
Aunque siete ministras y ministros, entre ellas, Loreta Ortiz Ahfl y Yasmín Esquivel Mossa, se pronunciaron por invalidar diversas porciones normativas del estatuto, les faltaba un voto para anularlas, ya que la ministra Lenia Batres Guadarrama votó en contra.
La Ley Orgánica de la Universidad Intercultural de Jalisco establece que para ocupar el cargo de rector y del comité ejecutivo de esa casa de estudios, se requiere que los candidatos tengan una “amplia solvencia moral”.
Loretta Ortiz, ministra ponente, recordó que la Corte ha declarado la invalidez de dicho requisito por ser inconstitucional.
“El requisito impugnado trae consigo un alto grado de subjetividad, pues quien realice la valoración de tal exigencia será el que conforme a su entender y determinará si no hay dudas en cuanto a la moral del aspirante y cómo deberá ser la moralidad requerida para dicho cargo, lo que se traduce en una vulneración al principio de seguridad jurídica reconocido en el artículo 16 de la Constitución Política”.
“Asimismo, se destaca que este tipo de requisitos podría llegar al extremo de negar el acceso al cargo solo por prejuicios de orden religioso, condición social, preferencia sexual o de género, estado civil, etcétera, por lo que resulta discriminatorio de dicha exigencia, sin saber si los criterios morales de las personas que lo calificarán están exentos de prejuicios o de estereotipos”.
Sin embargo, la ministra Lenia Batres Guadarrama se pronunció en contra de la propuesta, porque dijo que “una amplia solvencia moral es un concepto equivalente al de honradez”.
Ante el acuerdo de los siete ministros de aplazar la votación, Lenia Batres señaló:
“Yo no estaría de acuerdo en principio porque eso equivaldría a prácticamente asumir que las sesiones en las que no estemos todas y todos los ministros no serán válidas, y en ese sentido valdría la pena entonces suspenderlas. Como no se suspenden, se declaran las sesiones como sesiones instaladas válidamente, y en razón de ello creo que la votación que se adopte en estas sesiones debe ser la definitiva, porque en caso contrario, pues parecería que es de interés público invalidar leyes, y no creo que ese sea el objetivo de este Pleno, porque no es esperar una resolución, si no es esperar un voto invalidante”.
Acta del lunes 17 de febrero del 2025
Asimismo, el Pleno de la Corte determinó esperar a los ministros ausentes para tener lista el acta de la sesión pasada, en la que dio 24 horas a los jueces federales que otorgaron suspensiones contra la reforma judicial para que revisen de oficio sus determinaciones.
Lo anterior, no implica echar atrás la resolución tomada, sino sólo aclarar las declaraciones realizadas por algunos togados, particularmente, los comentarios de la ministra Norma Piña y del ministro Pardo Rebolledo.
RM